La Audiencia de Tarragona rebaja la condena a Masagué por el caso de los chiringuitos de Torredembarra

El tribunal aplica el atenuante de dilaciones indebidas y la condena pasa de dos años de cárcel a cuatro meses y medio

Daniel Masagué
Daniel Masagué

La sección cuarta de la Audiencia de Tarragona ha rebajado la condena al exalcalde de Torredembarra, Daniel Masagué, por el caso de los chiringuitos de playa. El juzgado ha estimado parcialmente el recurso de apelación presentado por Masagué contra la sentencia dictada en 2020 por el Juzgado de lo Penal número 2 de Tarragona, y le ha rebajado la pena por el delito de fraude a la administración de dos años de prisión y ocho de inhabilitación a cuatro meses y medio de prisión y tres de inhabilitación; y la correspondiente al delito continuado de prevaricación, de nueve años de inhabilitación a dos años y medio.

En la sentencia de la Audiencia, los magistrados dan por buenos los argumentos utilizados por el juzgado de primera instancia en cuanto al análisis de los hechos, y consideran que «hace una valoración razonada y razonable de las pruebas practicadas», así como de las conclusiones que le llevan a amar una condena por los tres encausados. Sin embargo, estima parcialmente los recursos y afirma que las penas deben rebajarse por dilaciones indebidas «en dos grados, atendiendo al excesivo tiempo transcurrido desde la fecha del inicio de los hechos», difunde la ACN.

Los magistrados, asimismo, han rebajado las penas a los otros dos condenados: el exconcejal de Playas, Pere Font, y el militante de CDC Gerard Montserrat.

Los hechos se enmarcan en la pieza separada número 4 del caso Torredembarra, vinculada al caso del 3%, sobre la financiación irregular de CDC. El juzgado de lo penal consideró probado que Masagué y Font adjudicaron «a dedo» los chiringuitos de la playa a Gerard Montserrat, militante de su mismo partido, CDC. Según la sentencia, los tres se pusieron de acuerdo para realizar una adjudicación directa «bajo la simulación» de un procedimiento negociado sin publicidad, con «la intencionalidad de beneficiar al compañero de partido por puro clientelismo político».

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