¿Qué juristas apoyan a la «injusticia» de la condena a Quim Torra?

Quim Torra
Quim Torra

La inhabilitación de Quim Torra como presidente de la Generalitat ha hecho que el independentismo busque argumentos que avalen la "injusticia" de la condena. Los dos principales juristas que se han puesto de su lado son los habituales tertulians a Tv3 Joan Josep Queralt y Javier Pérez Royo. Los dos son catedráticos y siempre se han mostrado proclives a defender las tesis del independentismo desde posiciones jurídicas.

Por ellos, y unos cuántos más que siguen su estrella, no hay delito pues Torra no habría desobedecido un juez y, además, la Generalitat no es una institución inferior a la Junta Electoral Central.

Todo se inicia cuando la Junta Electoral recordó a todas las administraciones que durante el periodo de campaña electoral no pueden hacer ostentación de lemas que podrían ser considerados partidistas siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo. El Palau de la Generalitat, así como muchas dependencias de la administración, tenían pancartas reclamando la libertad de los políticos catalanes encarcelados. Ante la advertencia de la Junta Electoral, Torra cambió esta pancarta por una reclamando la libertad de expresión, la cual también fue considerada no apta por el organismo que vela por la imparcialidad de las administraciones en periodos electorales.

Torra no hizo caso ni de los servicios jurídicos de la propia Generalitat, ni del Síndic de Greuges ni de asesores. Las consejerías de ERC cumplieron con la ley, así como Ada Colau, por ejemplo, cuando retiraron cualquier pancarta. Torra, pero, lo acabó haciendo, pero ya había sido denunciado ante el TSJC por desobediencia.

El propio Torra, durante su declaración en el juicio oral reconoció que sí que había desobedecido ante una pregunta de su propio abogado defensor, haciendo ostentación ante el tribunal de su actitud.

El artículo 410 del Código Penal recoge que los cargos políticos que incurran en una desobediencia durante el periodo electoral pueden ser inhabilitados entre seis meses y dos años. Parece que los juristas que defienden Torra desconozcan la larga jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre este aspecto.

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