El TSJC desestima la petición de Joana Ortega de adelantar su inhabilitación

El tribunal dice que la sentencia penal de condena no es ejecutable hasta que se pronuncie el Supremo
Joana Ortega
Joana Ortega

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado este lunes la petición de la ex-vicepresidenta de Gobierno catalán, Joana Ortega, de adelantar la ejecución de inhabilitación de un año y nueve meses que se le impuso por la organización del proceso participativo del 9-N, sin esperar a que el Tribunal Supremo (TS) resuelva el recurso contra la sentencia. Ortega quiere que la sentencia empiece a aplicarse lo antes posible para poderse disputar la alcaldía de Barcelona con Ada Colau en las próximas elecciones municipales, que se harán en 2019.

Hace unas semanas, el presidente del TSJC, Jesús María Barrientos, ya aclaró que Ortega tendrá que esperar hasta que el Supremo se pronuncie y resuelva los recursos de casación presentados contra la sentencia del 9-N. El tribunal ha explicado que la «sentencia penal de condena no es ejecutable hasta que sea firme«.

El recurso presentado por la ex-vicepresidenta también reclama una disminución del plazo de inhabilitación, porque, según ha explicado su abogado, Rafael Entrena, en caso de que el Supremo confirmara la sentencia, la condena sería mucho más larga porque «se sumaría la inhabilitación efectiva a la que se encuentra sometida desde la fecha en la que el TSJC dictó la condena«. Sin embargo, el TSJC todavía no se ha pronunciado sobre esta petición, puesto que es el Tribunal Supremo quién tendrá que decidir sobre esta cuestión.

(Visited 30 times, 1 visits today)
Facebook
Twitter
WhatsApp

avui destaquem

Deja un comentario