El Supremo condena a El Corte Inglés por discriminación salarial

El centro comercial practica una "innegable diferencia de trato" entre hombres y mujeres
El Corte Inglés
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El último estamento judicial español, el TC va aparte, ha vuelto a dar la razón, publica ‘Infolibre’, a las seis trabajadoras de El Corte Inglés de Valladolid que denunciaron a la empresa por discriminación salarial. A pesar de que en primera instancia el juzgado les negó la razón, las empleadas ganaron parcialmente el recurso en el TSJCL, y ahora ha fallado a favor el Supremo, que condena a los grandes almacenes.

«Innegable diferencia de trato» entre hombres y mujeres por los pluses salariales. Discriminación a las mujeres en los ascensos laborales. Incumplimiento del plan de Igualdad. «Falta de transparencia» y «secretismo» en su política sobre el puesto de trabajo. El Corte Inglés colecciona esta lista de malas praxis después de varias sentencias judiciales condenatorias, además del caso de las seis empleadas de Valladolid.

El tribunal considera que desde el 2006 la conducta de la empresa respecto de las seis trabajadoras vulnera el derecho fundamental a la no discriminación por razón de sexo en materia retributiva. La sentencia considera que queda demostrado que la empresa fija el complemento personal según criterios variables y desconocidos, criterios que no son neutrales ni derivan de causas suficientes, reales y serias para que sean razonables y ajenas a todo propósito lesivo.

El junio pasado, el TSJCL ya encontraba una «notoria desproporción entre el importe de los complementos percibidos de media por los hombres respecto de las mujeres». Los primeros cobran un plus que de media llega a los 199,60 euros, mientras que las segundas se quedan en 81,91 euros, un 58,9% menos.

El Supremo obliga a El Corte Inglés a equiparar los complementos que perciben hombres y mujeres.

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