El Gobierno catalán permitirá llenar piscinas públicas y privadas si se abren a los ciudadanos

El decreto ley está previsto que se apruebe el 16 de abril y también facilitará limitar el consumo de agua de los turistas

La piscina del càmping Les Medes de l'Estartit (Aleix Freixas Xavier Pi, ACN)
La piscina del càmping Les Medes de l'Estartit (Aleix Freixas Xavier Pi, ACN).

El Gobierno catalán está ultimando un decreto ley que permitirá llenar y rellenar piscinas públicas y privadas si se abren a la ciudadanía. Los ayuntamientos podrán considerar ‘refugios climáticos’ las piscinas de un club deportivo, de una comunidad de vecinos, de un hotel y un camping que se abran al público en general y siempre que se compense el gasto de agua con otras medidas, según ha publicado este sábado El Periódico y ha confirmado la Agència Catalana de Notícies (ACN) de fuentes de Acción Climática. El decreto ley está previsto que se apruebe el martes 16 de abril y también facilitará limitar el consumo de agua de los turistas. Los municipios que acumulen tres meses consecutivos de incumplimiento de los límites máximos estarán obligados a hacer cumplir la normativa a sus establecimientos turísticos.

La nueva normativa –que ha sido trabajada con la Asociación Catalana de Municipios (ACM) y la Federación de Municipios de Cataluña (FMC)- debía ver la luz con la ley de medidas que no se pudo tramitar con el ‘no’ a los presupuestos del 2024, según han detallado las mismas fuentes. «El decreto nace con la voluntad de entendimiento entre el Gobierno y los máximos representantes de municipios de todo el país para poder dotar a los gestores locales de más herramientas para la gestión de la emergencia por sequía sin menoscabar su autonomía municipal», recalca el ejecutivo catalán. Por lo tanto, serán los ayuntamientos los encargados de decidir qué piscinas censen como refugio climático en sus planes de emergencia por sequía.

Las piscinas no censadas como refugio climático no se podrán rellenar

Se podrán incluir en la categoría de refugio climático tanto las piscinas públicas como las privadas, aunque estas últimas deberán llegar a un acuerdo con el consistorio que permita su uso a la ciudadanía (una piscina privada de un club deportivo para casales de verano, una piscina comunitaria que se abra a otros vecinos o una piscina de un hotel o un camping a la que se pueda acceder pagando una entrada). «Las piscinas censadas como refugio climático podrán rellenarse en las cantidades indispensables para garantizar la calidad sanitaria del agua, siempre que se apliquen medidas de ahorro adicionales que compensen el agua que se utilice», deja claro el decreto ley.

«Si una piscina privada (particular, comunitaria o de un establecimiento turístico) no está censada como refugio climático, no se podrá llenar ni rellenar», advierte la normativa, que igualmente abre la puerta a limitar el consumo de agua de los turistas en los municipios que acumulen tres meses consecutivos de superación de los límites. En estos casos, los ayuntamientos deberán obligar a sus establecimientos turísticos a cumplir las restricciones generales y básicas: 115 litros por persona en situación de excepcionalidad, 100 litros por persona en situación de emergencia 1, 90 litros por persona en situación de emergencia 2 y 80 litros por persona en situación de emergencia 3.

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