Un socio avergüenza a la Comissió de Disciplina de Laporta y la demandará

Presentó una denuncia por el Espai Barça en octubre del año pasado y hasta febrero no se le ha comunicado el nombramiento de un instructor acordado por la junta en noviembre. Le acusa de negligencia y abandono de funciones

Joan Laporta

La directiva de Joan Laporta está protagonizando otro de esos episodios lamentable de autoritarismo, escarnio de los estatutos y mofa y befa de los derechos de los socios del FC Barcelona, nada que pueda sorprender al barcelonismo a estas alturas de un mandato dominado por la sedación social y la anulación sistemática de la aplicación de los estatutos. En el caso de la denuncia de un socio ante la Comissió de Disciplina, por considerar que el acuerdo de financiación para el Espai Barça suponía una infracción de la junta en base al incumplimiento de los acuerdos asamblearios, la documentación sobre los trámites seguidos desde el club demuestra hasta qué punto Laporta y su junta se sienten no sólo inmunes ante la ley y eximidos de cumplir los estatutos, sino que se regocijan en el menosprecio y en la burla de cualquier socio que les interpele siguiendo el conducto reglamentario.

La reclamación interpuesta por el socio Ignasi Prat recibió el acuse de recibo con fecha 5 de octubre del año pasado, es decir hace cinco meses, pero no ha sido hasta febrero pasado cuando la junta directiva le ha comunicado el nombramiento de la vicepresidenta Elena Fort como ponente del caso ante la Comissió de Disciplina, un acuerdo que la misma notificación refiere que fue adoptada en reunión de junta del 22 de noviembre.

No habiendo justificación alguna para este retraso, el socio acaba de enviar otro burofax en el que otorga una semana de plazo para la resolución del caso antes de elevarlo al juzgado correspondiente. El artículo 77.º apartado a) de los estatutos prescribe que la Comissió de Disciplina “tan pronto como tenga conocimiento de una infracción, tiene que acordar la incoación de un expediente disciplinario y tiene que nombrar un instructor de entre sus miembros”.

No parece que este haya sido el caso, pues Ignasi Prat ha reclamado hasta en tres ocasiones que el proceso arranque y se desarrolle con normalidad sin haber recibido respuesta alguna en los plazos que se consideran pertinentes y contemplados en la normativa. Por esa razón, su escrito de último aviso, advierte que “se puede concluir sin ‘a equivoc’ que la conducta de la Junta Directiva del *FCB y concretamente de la ponente del expediente disciplinario puede ser considerada negligente y constituye una omisión inexcusable y un abandono de las obligaciones estatutarias que el cargo comporta (…) De lo anterior se puede concluir que la voluntad de la Junta Directiva del *FCB consiste en impedir la tramitación de la denuncia por el presunto incumplimiento del acuerdo asambleario de los días 17 y 23 de octubre de 2023. La obstrucción a la tramitación del expediente -añade-, aparte de conculcar los más elementales derechos de los socios, no puede tener otra explicación que la voluntad revestida de engaño y mala fe de la Junta Directiva de esconder conductas relacionadas con los hechos denunciados presuntamente sancionables”.

El motivo de la actuación de este socio ante la Comisió de Disciplina es por el presunto incumplimiento del acuerdo asambleario de los días 17 y 23 de octubre de 2023, que dio un mandato claro de financiación hasta 1.500 M€ por todo el Espai Barça, incluyendo Estadi, Hotel, Oficinas, Palau, Petit Palau i Pista de Gel. A la vista del acuerdo con Goldman Sachs y hasta una veintena de inversores, considera que el destino del préstamo, entre otras irregularidades, no tiene como finalidad la cobertura financiera del conjunto del proyecto sino sólo de la reforma del Camp Nou. El argumentario añadido es profuso y técnico tras el análisis minucioso de la escritura del Fondo de Titulización que, por ser público y haber sido presentado ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores, requisito para la posterior emisión de bonos, ha permitido identificar esas anomalías.

La principal, la claramente diferenciada asignación de fondos con respecto al mandato asambleario consistente en 900 m. para el futuro estadio, 20 m. para el Johan Cruyff, 60 m.. para MPGM, 100 m. para la urbanización del Campus Barça (Museu, Hotel, Centre de Convencions, Megastore) y 420 m. para el Palau Blaugrana, Petit Palau y Pista de Gel. En el acuerdo final, sin embargo, se aprecian alteraciones de peso con un reparto que poco tiene que ver con la propuesta aprobada en referéndum: 1.071 m. para la obra del Camp Nou (pese al haber sido adjudicada a Limak por 960 m.), 200 m. para atender desviaciones y contingencias como imprevistos, garantías, retrasos, cambios constructivos y riesgos derivados de la obra, 179 m. para atender los costes financieros y no se especifica el uso de 50 m. dispuestos que los expertos interpretan como una prima de riesgo, es decir una cantidad a fondo perdido que se suele aplicar cuando la fiabilidad del cliente presenta algunas dudas e incertezas como es el caso del Barça de Laporta.

También considera un incumplimiento flagrante que parte de esta financiación tiene que aplicarse a reembolsar una línea de crédito de 375 M€ con vencimiento el 30-6-2028, considerando que parte del mismo corresponde a la reestructuración de la deuda del club acordada el 2021, “hecho totalmente ajeno a las obras de remodelación del Camp Nou, lo cual constituye una desviación contable totalmente irregular”, explica la denuncia.

El repaso a los tipos de interés aplicados son superiores al 5,5% anunciados por el vicepresidente económico Eduard Romeu en el acto de presentación oficial del acuerdo, siendo especialmente dura esa devolución del crédito ordinario estipulada al 3,25% más el Euribor que no está bajo ni mucho menos en estos tiempos.

El socio está convencido, y así lo plantea ante la Comissió de Disciplina que, en virtud de la potestad disciplinaria dispuesta en los estatutos para tramitar el expediente disciplinario, “la omisión y negligencia en el desarrollo de esta competencia estatutaria podría constituir una infracción muy grave”.

Las largas, la ralentización del proceso, la desgana y la seguridad de que la Comissió de Disciplina no actuará con la debida distancia ni respeto por el ordenamiento jurídico forman parte del talante y de la actitud de la junta de Laporta en este episodio. La propia Comissió de Disciplina es un órgano elegido a dedo por la junta que, además, está presidida por un miembro de la propia directiva, el secretario Josep Cubells, y que en este caso concreto ha elegido a otro directivo, la vicepresidenta Elena Fort, como ponente. Nadie duda que será una actuación condicionada y marcada por ese compadreo y opacidad reinantes en estas instancias satélites de la junta, con un final, si es que se apresuran a tramitar y resolver el expediente en una semana, que sólo puede salvar a Laporta de toda relación con estas anomalías. Lluís Bou, Daniel Pintó, Joan Alsina Casañas y Ramon Estebe son los otros miembros con derecho a palco, entradas y desplazamientos que participarán en la ‘comedia’ cuando toque afrontar el caso.

El socio Ignasi Prat está dispuesto, no obstante, a llegar hasta el final, primero llevando ante los tribunales ordinarios esta actuación de la Comissiò de Disciplina, indecorosa para la imagen del club, y si es necesario, una vez resuelto el expediente, denunciando en el juzgado que Laporta se ha desentendido y tirado a la papelera el acuerdo de la asamblea de octubre de 2021 para la ejecución del Espai Barça.

Ninguno de los grupos de opinión que se reúnen con Elena Fort y a veces con Laporta ha mostrado el menor interés en participar ni personarse en esta denuncia como sí hicieron, en cambio, contra el expresidente Josep Maria Bartomeu por un delito de producción y publicación de twits, un delito, a falta de sentencia firme, tan presunto como que Laporta se haya podido gastar 1.500 millones irregularmente en atender exclusivamente a los intereses de Limak y no tanto de los del FC Barcelona. No parece que estos colectivos midan con el mismo rasero ni alarmismo situaciones de conflicto sobre la gestión de la junta.

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