El Tribunal Constitucional avala que el Poder Judicial en funciones no nombre jueces

La sentencia recuerda que la Constitución establece un plazo máximo de 5 años de mandato para los vocales

Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado por siete votos contra cuatro los recursos que PP y Vox presentaron contra la reforma de la Ley del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que impide a este organismo realizar nombramientos mientras continúe con el mandato caducado. La mayoría progresista avaló la resolución de la ponente María Luisa Balaguer, mientras que los magistrados conservadores Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, César Tolosa y Concepción Espejel anunciaron un voto particular. La sentencia recuerda que la Constitución establece claramente un límite de cinco años en los mandatos de los vocales del CGPJ que en ese momento no se está cumpliendo por el bloqueo del PP.

La decisión del Tribunal Constitucional supone un revés para ambas formaciones conservadoras, que habían recurrido la reforma impulsada en el 2021 por el gobierno español para impedir que el CGPJ siga nombrando cargos con el mandato caducado, con el objetivo de forzar su renovación. El PP bloquea la reforma del CGPJ, que cuenta con mayoría conservadora, desde el 2018.

La resolución recuerda que el artículo 122 de la Constitución permite que el Congreso de los Diputados regule la ley del CGPJ, y destaca que el texto constitucional sí establece una duración máxima de cinco de los mandatos de los vocales del órgano de gobierno de los jueces que no se está cumpliendo. En este sentido, la sentencia recuerda que la Constitución no contempla en ningún caso «una prórroga indeterminada» del mandato de los vocales.

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