Los tribunales catalanes rebajan la pena al 41% de los condenados por delitos sexuales por la ley del ‘solo sí es sí’

Desde la entrada en vigor de la nueva legislación se han revisado cerca de 200 casos y se han excarcelado ocho presos

Irene Montero

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y las cuatro audiencias provinciales catalanas han revisado un total de 196 casos relacionados con delitos sexuales por la aprobación en septiembre de la nueva ley del solo sí es sí, promovida por la ministra de Igualdad, Irene Montero. De estas revisiones, 81 han supuesto una reducción de la condena, un 41% del total, y estas reducciones han comportado la excarcelación, antes del previsto, de ocho presos condenados por delitos sexuales. Son datos hasta el 31 de marzo que ha hecho públicas este viernes el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que no incluyen los juzgados penales, que juzgan delitos menores, y que prevé ir actualizando periódicamente.

El TSJC ha revisado cinco casos, y los cinco han comportado reducción de pena, pero ninguno ha supuesto la excarcelación. La Audiencia de Barcelona ha revisado 130 casos, 40 han acabado con reducciones de condena, de las cuales cuatro han comportado la excarcelación. En Girona, la Audiencia ha revisado 11 casos, ha reducido la pena a 8 de ellos y, de estos, dos han acabado con excarcelación. En Lleida, la Audiencia ha revisado 15 casos, nuevo han acabado con penas reducidas, de momento no se ha hecho ninguna excarcelación, y dos de los casos están en trámite. Finalmente, en Tarragona, se han revisado 35 casos, 19 han acabado con reducción de pena y dos de estos con excarcelación. Nueve casos todavía se están tramitando.

En toda España ha habido como mínimo 978 reducciones de pena, que han supuesto al menos 104 excarcelaciones. La inmensa mayoría, 880 casos, son a las audiencias provinciales, que han comportado 99 excarcelaciones. Las otras 5 excarcelaciones han sido promovidas por los tribunales superiores de justicia. De los casos revisados, según han informado los tribunales, un 32% han comportado la reducción de la pena: alrededor del 40% en los casos de recursos al Tribunal Supremo y a tribunales superiores de justicia autonómicos, un 31% a las audiencias provinciales y un 14% a la Audiencia Nacional.

Las absoluciones son todas consecuencia de la derogación del delito de abuso sexual cometido mediante engaño con menores de entre 16 y 18 años. Los datos no incluyen las revisiones de pena hechas por los juzgados penales, que juzgan delitos sexuales con penas de hasta 5 años de prisión.

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