El Tribunal de Cuentas no rebaja las condenas económicas por el 9N

Desestima el recurso de Homs estableciendo que los intereses se cuentan hasta que se devuelve el importe a la administración perjudicada, y no hasta que se deposita la garantía

francesc homs
francesc homs

El Tribunal de Cuentas ha desestimado este lunes el recurso que había interpuesto el exconsejero catalán Francesc Homs para tratar de reducir en 400.000 euros la condena impuesta por la organización de la consulta del 9N, avanza El Periódico de Catalunya.

La defensa de Homs había cuestionado el momento en el que dejan de contabilizarse los intereses de la reclamación económica en este caso y el órgano fiscalizador de las cuentas públicas, según esta información, ha resuelto que los intereses se cuentan hasta la devolución del importe a la administración perjudicada.

Homs sostenía que la reclamación de los intereses debía cesar desde julio de 2019, cuando se depositó la cantidad reclamada, pero el Tribunal de Cuentas se ha ratificado en la doctrina que establece que aquella consignación de fondos era cautelar, con carácter de garantía, y que el momento clave es el de la devolución definitiva, que es un reintegro.

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