Todos los condenados del ‘procés’ pueden recurrir a la justicia europea

El Tribunal Constitucional rechaza los recursos de Bassa y Forn, los dos últimos que quedaban por resolver

Juicio del 1-O en el Tribunal Supremo
Juicio del 1-O en el Tribunal Supremo

Todos los condenados por el 1-O tienen ya la puerta abierta para llevar la causa a la justicia europea. Esto ocurre porque el Constitucional ha rechazado sus recursos de amparo, sin excepción. Este jueves, los dos últimos que tenía pendientes: los de Dolors Bassa y Joaquim Forn. Ha cerrado así la carpeta de los principales recursos, los que cuestionaban las condenas, aunque todavía quedarán por resolver algunos recursos menores.

El alto tribunal avaló la sentencia por sedición y malversación dictada por el Tribunal Supremo, que en su caso les condenaba a 12 y 10 años y medio de prisión, respectivamente. Y, como ocurría este miércoles, cuando rechazó los recursos de Oriol Junqueras y Raül Romeva, lo ha hecho dividido. Ha habido de nuevo tres votos particulares. El resultado fue de 6 a 3. Los votos particulares son de tres magistrados progresistas y se harán públicos en los próximos días. Previsiblemente, dirán que las penas fueron desproporcionadas.

Esta falta de unanimidad puede beneficiar a los presos independentistas en Estrasburgo, porque son los casos que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) mira con más atención. Por ahora, ya han llevado su causa Jordi Cuixart, Jordi Sánchez, Jordi Turull y Josep Rull.

El caso Junqueras
El recurso más complejo era el de Junqueras porque el líder de ERC fue proclamado eurodiputado con el juicio finalizado y pendiente de sentencia. En ese momento se produjo la disyuntiva de si al ser declarado eurodiputado debía quedar protegido por la inmunidad parlamentaria. El Constitucional dice que no, que no se le vulneró el derecho de participación política. Así, considera que «no resulta irrazonable, ni contrario a los derechos fundamentales» de que el Supremo prosiguiera con el proceso penal «ya que la inmunidad de jurisdicción como eurodiputado la había adquirido una vez concluidas las sesiones» del juicio oral, y no es necesario en este momento procesal solicitar autorización al Parlamento Europeo para continuar con el procedimiento penal, pendiente únicamente de la deliberación y redacción de la sentencia.

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