El Síndic azota al Gobierno y al Castor

Acusa al Estado de beneficiar a Escal e interpela a la Defensora del Pueblo
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El Síndic de Greuges (Defensor del Pueblo catalán), Rafael Ribó, ha acusado al Estado de mala praxis administrativa con relación a la hibernación del proyecto de almacén de gas Castor, que considera que beneficia al concesionario y perjudica los derechos de los ciudadanos.

Escal, propiedad en un 66,67% de ACS, recibirá una indemnización de 1.350,7 millones de euros que pagarán, en definitiva, los consumidores en sus facturas durante los próximos 30 años, aplicando un interés del 4,27% anual.

Ribó ha entregado en el Parlamento de Cataluña el informe del Síndic sobre el Castor y ha instado a la Defensora del Pueblo española, Soledad Becerril, a que pida la suspensión del pago de la indemnización ante el Tribunal Constitucional. Además, ha cuestionado que la compensación otorgada encaje en la normativa sobre competencia y que el Decreto con que el Gobierno hibernaba el proyecto encaje con el Tratado Fundacional de la UE en cuanto a las ayudas estatales.

Según el Síndico, los 1.350,7 millones de euros representarán un coste real de 3.500 millones en las facturas del gas de las próximas tres décadas, una vez añadidos a la indemnización el mantenimiento de la plataforma, un eventual desmantelamiento y los intereses bancarios.

Además, el Síndico denuncia la falta de transparencia y de respuesta por parte del Gobierno español y señala irregularidades en la tramitación del proyecto relacionadas con el impacto ambiental. En este sentido, la fragmentación en pequeños contratos obedecería a un intento de eludir nuevas evaluaciones.

La crítica en el Gobierno español es contundente: «el hecho que el coste económico de la rescisión del proyecto, promovido por una administración pública, pero ejecutado en régimen de concesión por una entidad privada que pretendía lucrar-se legítimamente con su explotación, tenga que ser asumido de manera inmediata por los ciudadanos, lleva a pensar que la Administración ha actuado en beneficio de la compañía.».

El Síndico cuestiona aun así «los motivos de resolver con una norma de rango legal la compensación de la compañía concesionaria». Por un lado, considera que «esta decisión comporta que la indemnización, a cargo de los consumidores, tenga carácter inmediato», de otra, indica que «implica que sólo sea posible impugnar el Decreto, dentro de estamentos del Estado, ante el Tribunal Constitucional».

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