Archivada la querella de ocho activistas de Barcelona contra un policía infiltrado con quién tuvieron relaciones

El magistrado considera que las relaciones fueron consentidas a pesar del engaño, y descarta cualquier delito

    Las abogadas de Irídia y CGT, Mireia Salazar, Sònia Olivella y Laia Serra (ACN)

    El juzgado de instrucción número 21 de Barcelona ha desestimado la querella interpuesta por ocho mujeres que denunciaron a un policía nacional por haberse servido de relaciones sexo-afectivas con ellas para espiar la actividad de los movimientos sociales de los cuales formaban parte. El caso señalaba al agente D.H.P., que estuvo infiltrado durante más de tres años en diferentes colectivos libertarios de Barcelona, y las afectadas presentaron una querella por los delitos de tortura o contra la integridad moral, descubrimiento y revelación de secretos, entre otros.

    En el auto, el magistrado alega que los delitos sexuales no existieron porque en todo momento hubo consentimiento de las chicas, y descarta que el policía actuara con abuso de superioridad y que, por lo tanto, el consentimiento de las víctimas estuviera viciado. De hecho, el juez recuerda que las víctimas describieron al policía como un hombre que pretendía tener relaciones igualitarias, y que, justamente, no usó su condición de policía para conseguir mantener relaciones sexuales.

    En cuanto a los delitos de torturas y contra la integridad moral, el magistrado concluye que las chicas no fueron obligadas a mantener relaciones con el policía en contra de sus creencias, sino que lo hicieron voluntariamente porque no sabían la profesión del agente infiltrado. El escrito argumenta que las querellantes no sufrieron, en aquel momento, ninguna vejación física o psíquica, a pesar de que ahora se sientan engañadas. También recuerda el juez que los reproches morales no pueden ser enjuiciados.

    Respecto al delito de revelación de secretos, el magistrado dice que la querella no especifica qué informaciones obtuvo el agente ni si las transmitió a algún superior o no. En cuanto a los delitos contra los derechos cívicos, como el derecho de asociación y de reunión, el magistrado concluye que el agente no lo coartó en ningún momento, y que, de hecho, le interesaba que las chicas siguieran participando de sus actividades políticas.

    Esperan que la Audiencia reabra el caso

    Ahora, la causa llegará a la Audiencia de Barcelona, puesto que las acusaciones recurrirán el archivo. Irídia y la CGT confían en que, como ha sucedido en otros casos de querellas por torturas y maltratos, la Audiencia les dará la razón respecto al deber de investigar de forma efectiva y reforzada este tipo de casos en el marco de la prohibición absoluta de la tortura.

    Por su parte, las abogadas de la acusación apuntan que sería especialmente grave que una denuncia por delitos de tortura y contra la integridad moral quedara sin investigar. “El uso de las relaciones sexo-afectivas como medio para conseguir información y generando una profunda sensación de vejación, humillación y dolor, no se puede pasar por alto”, aseguran.

    Las afectadas subrayan que hay que tener especialmente en cuenta las afectaciones psicosociales (individuales y colectivas), que también se han recogido y aportado en la causa penal a través de un informe de peritación por una herramienta internacionalmente reconocida cómo es el Protocolo de Estambul. En este caso, el informe de peritación elaborado por el colectivo Sira, especializado en este tipo de periciales, concluía precisamente que las querellantes habían sufrido graves impactos derivados de los hechos denunciados.

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