Absuelto un acusado de violar a una chica a la que conoció en un local de Lloret

El hombre se enfrentaba a cuatro años de cárcel, pero la Audiencia no ve probado que la víctima se negara a ello

La fachada del Palacio de la Justicia, sede de la Audiencia de Girona (ACN)

La Audiencia de Girona ha absuelto a un acusado de violar a una chica a la que había conocido en una discoteca de Lloret de Mar (Girona) la madrugada del 17 de agosto de 2019. La Fiscalía pedía cuatro años de cárcel por abuso sexual con acceso carnal, pero la sentencia ha concluido que no se ha probado que la víctima no consintiera. Además, el tribunal arremete contra la actuación de una policía, a la que responsabiliza de la pérdida de un vídeo de los hechos.

La sección tercera recoge que no hay pruebas que avalen que la chica estuviera afectada por el consumo de alcohol «hasta el punto de encontrarse privada de sentido». Después de haber estado consumiendo «una cantidad indeterminada de bebidas alcohólicas» acompañados de otra gente, acudieron al apartamento del procesado, situado en el piso superior del local. Una vez allí, fueron a la habitación del acusado y mantuvieron relaciones sexuales. Sobre el consentimiento, la sentencia apunta que tampoco ha quedado probado que la chica «dijera al procesado que no quería mantener relaciones sexuales» ni que le indicara «de forma que dejara clara su supuesta negativa a mantenerlas».

La sala determina que las lesiones que los forenses apreciaron en la víctima, consistentes en «pequeñas magulladas en el cuello, en los brazos y en el escote, así como laceraciones ligeras en el introito vaginal» son la «consecuencia natural» de las relaciones sexuales y no acreditan tampoco que hubiera un abuso sexual. A la hora de dictar la sentencia absolutoria, el tribunal ha cargado contra la instrucción: «Nos encontramos con dificultades añadidas por los errores cometidos en la instrucción, algunos de grosor considerable». En este sentido, la Audiencia ha expuesto que tanto una policía como la juez instructora vieron unas imágenes que el propio acusado aportó y que grababan parte de las relaciones sexuales, pero que este vídeo se ha perdido y «no ha sido presentado al tribunal».

La sala responsabiliza a la agente, y apunta que tuvo una «actuación incomprensible» que les ha «privado» de esta prueba porque, en vez de introducir el vídeo en los archivos policiales y remitir el original al juzgado, se «limitó» a hacer esto segundo, argumentando que las imágenes eran «delicadas y no quería que circularan. Esto, unido a un «cierto descontrol en la custodia de las piezas de convicción» por parte del servicio común procesal de Blanes y a «errores», hizo que tanto el móvil como el vídeo «acabaran por perderse».

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