La Audiencia Nacional deniega la expulsión de Said Ben Yazza porque la pena de los atentados del 17-A todavía no es firme

El condenado está en libertad provisional desde septiembre de 2021

Said ben Iazza, a l'inici del judici sobre els atemptats de Barcelona i Cambrils el 10 de novembre del 2020 (horitzontal)

La Audiencia Nacional ha denegado la expulsión de España de Said Ben Yazza que pedía la Comisaría General de Extranjería y Fronteras con el argumento de que la condena de ocho años de cárcel por los atentados del 17 de agosto de 2017 en la Rambla de Barcelona y en Cambrils todavía no es firme. Ben Yazza está condenado por un delito de colaboración con organización terrorista en una sentencia recurrida ante la segunda sala del Tribunal Supremo.

El 25 de abril se solicitó la expulsión del condenado del país en el marco de un expediente sancionador incoado contra él por la Secretaría de Estado de Seguridad como participante en actividades contrarias a la seguridad nacional. Tanto la Fiscalía como las acusaciones como las defensas se oponían a la expulsión.

Ben Yazza fue condenado a ocho años de cárcel, dieciocho años de inhabilitación y cinco de libertad vigilada. El tribunal estipula que dado que la sentencia no es todavía firme, «la eventual sanción administrativa de expulsión no podría ser ejecutada». Contra la decisión existe la posibilidad de presentar un recurso de súplica en el plazo de tres días.

Cabe recordar que la Audiencia Nacional condenó al joven, que trabajaba en una carnicería de Vinaròs, por haber dejado una furgoneta y su documentación a los terroristas de Ripoll mientras preparaban los explosivos en un chalet de Alcanar.

Ben Yazza permanece en libertad provisional desde septiembre del 2021 ya que había cumplido el máximo de prisión preventiva, cuatro años, la mitad de su pena.

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