La Audiencia no aplicará la ley del ‘sólo sí es sí’ para reducir penas si ha habido violencia

Condena a un hombre a 7 años por una agresión a una menor y asegura que habría puesto la misma pena

La llei del "només sí és sí" va entrar en vigor el 7 d'octubre

La nueva ley del «sólo sí es sí» permite imponer la misma pena que hasta ahora si hay violencia o intimidación. Lo ha querido dejar claro la Audiencia de Barcelona en una sentencia que condena a un hombre a siete años y medio de cárcel por una agresión sexual a una menor. Los jueces aseguran que habrían impuesto lo mismo con el anterior Código Penal.

El caso es del 2020. Un hombre de 33 años se llevó a casa a una chica de 14 y allí, junto a un segundo hombre no identificado, agredieron a la menor. Según los jueces, que dan credibilidad a la versión de la víctima, la cogieron por la cabeza con fuerza y, por tanto, la agresión fue con violencia. Sólo si esto no hubiera ocurrido la nueva ley prevé una pena mínima más baja.

Además de los siete años y medio de prisión también le prohíben acercarse a menos de un kilómetro de la chica y cuando salga estará otros siete años en libertad vigilada.

Aún así, el TSJ ha rebajado las primeras condenas a dos violadores aplicando la ley del «sólo sí es sí». Uno de ellos es el autor de tres agresiones sexuales, además de un robo con violencia y hurto, y el tribunal le ha restado un año de los 28 de condena. En el otro caso se ha realizado una revisión de oficio de una condena de la Audiencia de Girona a un violador que ha pasado de una pena de seis años de cárcel a cuatro años y medio.

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