El TSJC anula la Zona de Bajas Emisiones por «exceso» de restricciones

El tribunal considera que faltan informes y que las medidas son desproporcionadas en cuanto al ámbito geográfico y los vehículos afectados

Zona de Bajas Emisiones (ZBE)

La sala contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado este lunes la ordenanza del Ayuntamiento de Barcelona que regula la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) por «falta de informes que avalen algunas restricciones» y por la desproporcionalidad de varias medidas.

Según ha anunciado el propio tribunal, la sala también considera que la normativa se excede en el ámbito geográfico de implantación y que es demasiado restrictiva en relación a los tipos de vehículos afectados. La resolución es de «aplicación inmediata», según ha avanzado El Periódico.

El TSJC ha estimado seis recursos de una decena de colectivos, entre los que se encuentran la Plataforma de Afectados por las Restricciones Circulatorias, la Asociación de Familias Numerosas de Cataluña, el Gremio Provincial de Talleres de Reparación y Mantenimiento de Automóviles, la Federación Empresarial Catalana de Autotransporte de Viajeros (Fecav) y la Asociación de Empresarios de Transporte Discrecional de Cataluña (Audica).

La ZBE entró en vigor en enero del 2020, y prohíbe a los vehículos antiguos o sin ninguna etiqueta ambiental entrar en la capital catalana. El perímetro está limitado por la ronda de Dalt y la ronda Litoral, y engloba todo el término municipal de Barcelona (excepto la Zona Franca, el barrio de Vallvidrera, el Tibidabo y Les Planes), el municipio de Hospitalet de Llobregat y parte de los municipios de Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat y Sant Adrià de Besòs.

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