El juez mantiene la imputación de Ada Colau por el asunto de las subvenciones

La alcaldesa de Barcelona deberá declarar como investigada el 4 de marzo después de que no prosperara su recurso

Ada Colau
La alcaldesa de Barcelona, Ada Colau (CCMA)

El Juzgado de Instrucción número 21 de Barcelona ha mantenido la imputación de la alcaldesa de Barcelona, ​​Ada Colau, por el asunto de las subvenciones concedidas por el consistorio a entidades afines.

El titular de este juzgado ha rechazado el recurso interpuesto por Colau, que sostenía que la querella que presentó contra ella la Asociación para la Transparencia y la Calidad Democrática no debería haberse admitido a trámite porque, a su juicio, no contenía ninguna «intervención penalmente relevante».

Así pues, la alcaldesa de Barcelona deberá declarar el próximo 4 de marzo como investigada por la presunta comisión de los delitos de prevaricación, fraude en la contratación, tráfico de influencias y negociaciones prohibidas a funcionarios públicos.

En el punto de mira de este caso se encuentran las subvenciones concedidas a entidades como el Observatorio DESC, donde trabajó Colau, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), de la que fue portavoz, la Alianza contra la Pobreza Energética e Ingenieros Sin Fronteras, por trabajos como el «fortalecimiento de capacidades organizativas e incidencia» en Perú, «fortalecimiento de capacidades» en Inhambane (Mozambique) y «Compost y educación ambiental» en Maputo (Mozambique).

El fiscal anticorrupción de Barcelona Luis García Cantón ya archivó, en julio de 2021, una querella similar presentada por la plataforma Abogados Catalanes por la Constitución contra Colau y varios de sus concejales y exconcejales, Jaume Asens, Gerardo Pisarello, Eloi Badia, Gala Pin, Laia Ortiz y Laura Pérez.

Ahora, sin embargo, el titular del Juzgado de Instrucción número 21 de Barcelona ha mantenido la imputación de la alcaldesa de Barcelona señalando, según especifica El Periódico, que el hecho de que aquella denuncia similar fuera archivada no impide que se abra otra investigación por hechos que, «indiciariamente», podrían ser constitutivos de delito.

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