La limitación de seis personas a las reuniones recibe el aval del TSJC

Luz verde a las medidas de la Generalitat posteriores al estado de alarma

La consellera Meritxell Budó i el vicepresident Pere Aragonès
La consellera Meritxell Budó i el vicepresident Pere Aragonès

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado las restricciones que quiere aplicar el gobierno de la Generalitat cuando concluya el estado de alarma, este 9 de mayo.

Así pues, han recibido la luz verde medidas como la limitación de seis personas por cada reunión, la prohibición de consumir alimentos y bebidas en la calle fuera de los bares y restaurantes, y la limitación del 50% de aforo en los actos religiosos y ceremonias civiles, donde podrán asistir un máximo de 500 personas o hasta 1.000 si la ventilación es lo suficientemente buena o el evento tiene lugar en el aire libre.

El TSJC, despues de que la Fiscalía no pusiera ninguna objeción, ha considerado que la Generalitat «ha acreditado la legalidad, la necesidad, la idoneidad y la proporcionalidad» de las medidas, y ha concluido que es «muy leve» la afectación de los derechos fundamentales.

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