El TSJC considera fraudulento el modelo de gestión de las residencias del grupo Sumar

La Diputación de Girona controla el 51% del capital y los accionistas minoritarios no tienen ninguna capacidad de decisión

En plena pandemia de la covid-19, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dado una sonada bofetada a la Diputación de Girona, presidida por JxCat, y en el Ayuntamiento de Esparreguera, que encabeza el socialista Eduard Rivas. La sociovergencia ha sufrido una fuerte estrujada. La sala quinta contenciosa administrativa del TSJC ha anulado el contrato que acordó en 2017 el Ayuntamiento de Esparreguera, por el cual cedió la gestión de la residencia de la gente mayor de Can Comelles, de titularidad municipal, a la empresa Sumar Servicios Públicos de Acción Social de Cataluña SL, controlada en un 51% por la Diputación de Girona.

Los grupos municipales de ERC y la CUP, representados por la abogada Júlia Pérez, no vieron clara la legalidad de este contrato a dedo, llevaron el caso a los tribunales y ahora el TSJC les acaba de dar la razón, con una sentencia contundente. Normalmente, la gestión de Can Comelles lo tendría que asumir de manera directa el Ayuntamiento de Esparreguera. Pero el alcalde Eduard Rivas se sacó de la manga una fórmula para externalizarla, burlando la Ley de Régimen Local y la Ley de Contratos Públicos. Compró 10 acciones, de las 3.000 que tiene el capital social de Sumar SL, y, de este modo, justificó que se cediera directamente la gestión de Can Comelles a la empresa que controla mayoritariamente la Diputación de Girona, sin pasar por ningún concurso público, como sería preceptivo.

El TSJC se ha dado cuenta de esta «trampa», que considera un «fraude de ley», y ha procedido a anular el contrato. La sentencia, a la cual ha tenido acceso EL TRIANGLE, afirma que el consejo de administración de Sumar SL –que está formado por 10 miembros– solo garantiza dos lugares a los representantes de los socios minoritarios, como es el caso del Ayuntamiento de Esparreguera. Esto hace que el consistorio que preside Eduard Rivas no tenga, en realidad, ningún poder de decisión sobre la gestión de la residencia municipal, que queda exclusivamente en manos de la empresa de la Diputación de Girona. A pesar de que los estatutos de Sumar SL afirman que es una empresa pública sin ánimo de lucro, esto tampoco es cierto. El convenio firmado con el Ayuntamiento de Esparreguera contempla que cobra un fijo por las tareas de gestión que, este año 2021, es del 8% de la facturación.

El tribunal también ha detectado esta irregularidad, y lo señala como uno de los argumentos jurídicos para tumbar el convenio firmado. Esta sentencia sobre la residencia de Can Comelles tiene una gran trascendencia, puesto que desmonta todo el modelo en el cual se fundamenta la misma existencia de Sumar SL. La Diputación de Girona tiene el control mayoritario y los ayuntamientos y los consejos comarcales con los cuales firma convenios de gestión de servicios pasan, a la vegada, a ser socios minoritarios de la empresa. De este modo, se justifica la adjudicación directa, sin pasar por concurso. Ahora, el TSJC ha desmantelado este tinglado juridicopolítico.

Las repercusiones son inmediatas: las seis residencias que gestiona Sumar SL (Esparreguera, Sant Sadurní d’Anoia, Sant Hilari Sacalm, Sant Pere de Torelló, Vall de Ribes y Cassà de la Selva) están en falso. También todos los convenios por la gestión de centros de día, atención domiciliaria, servicios de ámbito rural, etc., que mantiene con nueve consejos comarcales y 22 ayuntamientos de todo Cataluña. El TSJC concluye que Sumar SL, que preside Josep Maria Vidal (JxCat), funciona como una empresa privada, en competencia directa con las otras del sector. En este sentido, invoca la numerosa jurisprudencia europea existente sobre el alcance del sector público, en la cual se señalan con precisión los límites que no puede traspasar por no vulnerar el principio de la libre competencia. Y Sumar SL los sobrepasa escandalosamente.

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