La sopa fría

 

La justicia se nos aparece terriblemente lenta y tiene la virtud o la desgracia de alargarnos, en el tiempo, muchas de las situaciones que vivimos en su momento con marcada intensidad. Pero nos las vuelve a servir como plato frio cuando ya se nos empieza a diluir la calentura del momento. Así van cayendo, como fruta madura del árbol, una a una y lentamente las sentencias sobre el “procés”. Un día nos enteramos que la sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a penas de 20 meses de inhabilitación a los miembros de Junts pel Sí (JxSí) en la Mesa del Parlament de Catalunya en la pasada legislatura, por permitir la tramitación de las leyes del “procés”, mientras ha absuelto a la exdiputada de la CUP Mireia Boya, por no haber sido notificada en su momento. Al día siguiente, nos enteramos que  la Sala Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto al mayor de los Mossos, José Luis Trapero, de los delitos de sedición y desobediencia por el golpe del 1-O de 2017.

Algunos dicen que  hay una causa general contra el independentismo, o que la sentencia de Trapero se contradice con la del Tribunal Supremo para con los líderes del “procés”, acusados de sedición. Otros acusan de traidor a Trapero, por no inmolarse envuelto en banderas, y ahora están pensando si le restituyen en el cargo o le retiran la palabra. Sea lo que sea, el conjunto de las sentencias contradicen la coherencia de dichas afirmaciones. Entre otras cosas, porque Trapero nunca fue un líder del “procés” sino más bien un funcionario de carrera más o menos afín a los políticos de turno.

Recuerdo la actuación que tuvo en los atentados de agosto, dando ruedas de prensa más propias de un político que de un policía y la paella que en agosto de 2017 saltó a la prensa, celebrada en Cadaqués. En la noticia, tuvimos ocasión de ver a Puigdemont, Rahola y Trapero, posando juntos como si fueran muy amigos y estuvieran de vacaciones en Hawái. Forzosamente, en aquel momento, establecimos una asociación de ideas, pero visto a distancia nos quedan las dudas sobre si no se trataba de una manipulación política (una más del independentismo), para hacernos creer que las fuerzas de seguridad de Cataluña actuarían a favor, en caso de declararse la independencia. Tampoco negaré que la actuación de los Mossos me pareció deliberadamente pasiva en la celebración del referéndum del 1-O, aunque quizás ello contribuyó a que la guardia civil rebajara el perfil a media mañana y al final no hubiera que lamentar ninguna desgracia.

La neutralidad funcionarial es una condición esencial del funcionamiento de la democracia, para que los políticos que se enfrentan en la pugna electoral, si ganan en las elecciones, puedan disponer de un aparato ejecutivo que les permita gobernar. Por eso, el acceso a un puesto depende de unas oposiciones y no de su afinidad ideológica a la estructura de mando. Pero la neutralidad queda comprometida cuando los empleados públicos no son funcionarios, sino trabajadores con contratos temporales, cuando la estructura está hinchada de personas afines al cargo, cuando no hay alternancia en el poder de los diferentes partidos políticos, o cuando el trabajador sufre acoso (aunque sea con amenazas generales), se le impide promocionar o se le ignora en un rincón.

Hemos de recordar que 2017 fue un año difícil para los funcionarios. Sin ir más lejos, Lluis Llach, cuando era representante de JuntsxSi en el Parlament, en un acto organizado por Omnium Cultural en marzo de 2017, afirmó que el Govern actuaría contra los trabajadores públicos que no cumplieran la ley de “desconexión” o de la transitoriedad jurídica: “El que no la cumpla será sancionado”. Nadie lo desmintió ni se le permitió dar explicaciones en el Parlamento catalán.

La ley se aprobó a menos de un mes del referéndum del 1-O. Para aprobarla, se alteró el orden del día de la sesión del Parlament, se suprimieron los trámites reglamentarios y preceptivos para permitir de forma directa el debate y la votación. Según los jueces "la mayoría se sirvió para improvisar y articular “ad hoc” un insólito cauce en cuyo curso quedaban por entero a su arbitrio las posibilidades de intervención y los derechos del resto de los grupos y diputados".

Entre la aprobación fraudulenta de estas leyes y la celebración del referéndum hay que recordar los hechos ocurridos en la Conselleria de Economia, dónde la misma policía reconoció que la multitud era prácticamente incontrolable y el mismo tribunal define el 20-S como un alzamiento público y tumultuario y que el 1-O fue una “conducta sediciosa” que llevó a cabo una multitud de ciudadanos, atendiendo a los reiterados llamamientos de los condenados en aquel juicio y de otras personas y medios, que se apostaron en los centros señalados para la emisión del voto con el objetivo de hacer imposible el cumplimiento de la resolución del TSJC”.

Pues bien, ¿qué hace un funcionario acosado por sus superiores al socaire de una situación en la que se les hace creer que en un mes cambiará todo y que si no apoyan el golpe serán sancionados por el hipotético gobierno entrante? Si se opone a sus jefes expone su carrera o la continuidad de su trabajo y si no se opone igualmente la pone en riesgo porque está infringiendo la ley. ¿Qué hace el funcionario? Lo único que puede hacer: nadar y guardar la ropa.

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