El TC tumba el Diplocat por invasión competencial

La resolución, que estima en parte el conflicto de competencia planteado por el gobierno español, anula algunos puntos del plan exterior de la Generalitat
Tribunal Constitucional
Tribunal Constitucional

El Consejo de Diplomacia Pública de Cataluña (Diplocat) ha sido anulado por el Tribunal Constitucional, junto con una parte del plan exterior de la Generalitat de Cataluña del periodo 2019-2022, considerados inconstitucionales porque infringen la Constitución y el Estado de Autonomía en cuanto al reparto competencial.

La resolución, conocida este martes, estima parcialmente el conflicto de competencia interpuesto por el gobierno de España cuando el ministro de Asuntos Exteriores era Josep Borrell. El Constitucional sostiene que invaden competencias del Estado central los puntos del plan exterior que prevén la participación de la Generalitat en foros multilaterales de interés y crean el Diplocat.

El TC, asimismo, señala que otros puntos del plan invaden competencias porque se refieren a sectores que dependen de la Administración central, como los transportes -corredor mediterráneo, red transeuropea, puertos y aeropuertos- y las comunicaciones -infraestructuras digitales y 5G-.

Por otro lado, la interlocución directa prevista en el plan con las instituciones europeas no ha sido declarada inconstitucional, puesto que puede coordinarse con el Estado central, y el TC también rechaza anular el objetivo de "avanzar hacia la soberanía económica" porque considera que se puede referir a la posibilidad de influir en decisiones económicas que afecten a competencias de la Generalitat. Tampoco se ha declarado inconstitucional el punto que pretende hacer de Cataluña un "actor reconocido en el mundo".

La sentencia del TC cuenta con dos votos particulares concurrentes, los de los magistrados Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer.

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