El Supremo rechaza un recurso contra la retirada de la medalla al mérito en el trabajo a Franco

La sentencia concluye que la Asociación Reivindicativa de la Memoria Histórica Raíces no está legitimada a impugnar la medida

Sede del Tribunal Supremo en Madrid (ACN)

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso que la Asociación Reivindicativa de la Memoria Histórica Raíces presentó contra la retirada de la medalla del mérito al trabajo al dictador Francisco Franco, al considerar que esta entidad no tiene legitimación para impugnar el real decreto que el Consejo de Ministros aprobó el mes de julio del año pasado.

Asimismo, el Supremo ha asegurado que la demanda estaría condenada al fracaso porque ninguno de los argumentos esgrimidos por la asociación habrían prosperado. En este sentido, la sentencia remarca que el artículo 42 de la Ley de Memoria Democrática sobre condecoraciones otorgadas a personas durante la dictadura franquista es «indudablemente aplicable a este caso».

En su sentencia, el tribunal ha dejado claro que en esta ocasión no es necesario acreditar en el expediente administrativo que el «ciudadano distinguido» tuvo participación en la insurrección militar de 1936, en la Guerra Civil y en el régimen posteriormente instaurado. «El evidente no necesita ninguna demostración», ha sentenciado el Supremo, según recoge la ACN.

En esta línea, también ha considerado que el real decreto no tiene contenido imposible, porque la posibilidad de revocar condecoraciones a personas ya fallecidas está expresamente prevista en la citada ley.

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