Los socios no se atreven a impugnar otra asamblea telemática de Laporta

Los socios del grupo de Jaume Llopis piden que sea mixta considerando un abuso de derecho seguir amparándose en la normativa covid para celebrar otra asamblea sin garantías de participación y contraria a los estatutos

Joan Laporta, en la assamblea de abril

Un grupo de socios del FC Barcelona, de momento en el espectro más próximo a la concordia y la no beligerancia, ha envido un burofax a la junta de Joan Laporta planteando la oportunidad y la pretensión de un cambio de formato, a presencial, de la convocatoria de asamblea ordinaria prevista para el día 21 de octubre próximo. Con argumentos legales y un mensaje conciliador, los firmantes plantean una rectificación a tiempo «con el fin de que no pueda ser impugnada por cualquier persona interesada, además de tratar de fomentar y promover los valores democráticos (entre otros, transparencia y participación) que forman parte de nuestra cultura asociativa». Y lo acompañan de un ruego explícito: «Queremos transmitir nuestro desacuerdo respecto a la forma propuesta de celebración y a la vez queremos pedirles que la Asamblea sea convocada nuevamente para ser celebrada de forma presencial y telemática en una nueva fecha».

En ningún caso, como queda claro en su escrito, se plantean impugnarla antes o después de su celebración, sino adoptar un formato mixto, virtual o presencial, con el fin de evitar un conflicto legal ante los tribunales si algún socio decide dar ese paso.

El burofax lo han suscrito los mismos socios que, bajo la iniciativa reciente de Jaume Llopis, exmiembro dimitido de la comisión de l’Espai Barça, también lamentaron con buenas formas y un tacto exquisito su desacuerdo con el plan de financiación de la reforma del Spotify Camp Nou a causa de su evidente desvió e incumplimiento con respecto al mandato asambleario de octubre de 2021. A continuación de la firma de Jaume Llopis aparecen las de Lluís Sabatés, Josep Lidon, Joaquim Molins, Ricard Faura, Jaume Barroso, Josep Mir y Jordi Medina. Es decir, barcelonistas que han ido desplazándose, la mayoría al menos, desde la lealtad incondicional y el servilismo ciego a la actual junta hasta unas posiciones críticas como cuando, prácticamente los mismos socios, elevaron a la Comisión Económica Estratégica un escrito planteando si realmente habían asesorado y validado ese préstamo con los inversores a todas luces inasumible y tan alejado de la propuesta planteada y aprobada por los socios.

Sostienen, con diferentes alusiones a los propios estatutos del FC Barcelona y a la ley catalana del deporte, a la que Laporta se aferra para evitar dar la cara ante los socios, que en la convocatoria «no se hace mención alguna a ningún artículo estatutario de la entidad porque en los Estatutos del Club no está prevista la celebración de la Asamblea de forma telemática sino solo de forma presencial (…) La convocatoria, además, no específica de qué manera la identidad y legitimación de los socios y socias se encuentra debidamente garantizada, ni que todos los asistentes puedan participar efectivamente en la reunión mediante medios de comunicación a distancia apropiados, como audio o video, complementados con la posibilidad de mensajes escritos durante el transcurso de la Asamblea, tanto para ejercer en tiempo real los derechos de palabra, información, propuesta y voto que les correspondan, como para seguir las intervenciones de los demás asistentes por los medios indicados. Tampoco se informa de las medidas implementadas por el Club necesarias para cumplir con garantías este sistema telemático que, en todo caso, presumimos, que seguro están previstas».

Y añaden que esta junta, aunque ha tenido la oportunidad de haber incluido en los estatutos esta posibilidad telemática, así como el voto por correo, no lo hecho. Escenario y contexto en el que cabe recordar y puntualizar que, tras haber iniciado reuniones y contactos con los socios para realizar una amplia reforma de los estatutos, sobre todo a favor de una mayor participación y transparencia democrática, la vicepresidenta institucional, Elena Fort, ha faltado a su promesa pública de convocar una asamblea extraordinaria, precisamente antes de la ordinaria de este mes de octubre, para poner al día los estatutos. Nada extraño -al contrario- que la junta de Laporta actúe propagandísticamente en una dirección social abierta y participativa, pura apariencia, y que a la hora de la verdad su interés preferente sea el control, la manipulación y un estilo de gobierno autoritario y dictatorial. «Es evidente -dice el burofax- que de haber sido la voluntad del Club de prever la celebración de la Asamblea general de forma telemática, se hubiera incorporado a los Estatutos sociales esta previsión, como así se hizo con las modificaciones estatutarias del 23 de octubre de 2021, pues desde el día 10 de septiembre de 2020 estaba vigente el nuevo artículo 3I-bis de la ley del deporte, el cual, si bien no obligaba a modificar los Estatutos para incluir la forma de celebración telemática, permitía y facilitaba su incorporación al texto estatutario».

Los firmantes añaden un matiz destacado como es el exceso y la desproporción del uso del marco legal por parte de la junta a la hora de reducir la asamblea a un formato telemático que ni ha mejorado la participación, porque expresamente la reprime, la prohíbe y la manipula, ni ofrece ninguna garantía fehaciente sobre la identificación de sus miembros y posterior desarrollo. Consideran que «refugiarse en el citado art. 3l-bis, el cual entendemos que, en estos momentos, superada la etapa del covid a todos los niveles, no puede amparar la oportunidad de la celebración de la Asamblea telemática como única forma de celebración, más cuando de nuestros propios estatutos, reiteramos, se desprende la forma presencial como la única forma de celebración, siendo la invocación del art 3I -bis, a nuestro juicio, un abuso de derecho, que esconde una incorrecta aplicación de las normas existentes».

El cobijo en la normativa desplegada a raíz de la situación de pandemia «tuvo su principal razón de ser, por su excepcionalidad, durante la etapa de las limitaciones de movilidad motivadas por covid, hoy inexistentes», defienden, opinando que «la invocación actual del art. 3I-bis a fin de tener amparo legal para celebrar la asamblea telemática entendemos que es un abuso de derecho y una incorrecta aplicación de las normas existentes».

Finalmente apelan al artículo 3.1 del Código Civil: «Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que deben ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas» y también al artículo 7.1: «La Ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo».

Por todo ello y teniendo en consideración otros aspectos redundantes de la normativa general y la propia del club y «especialmente tomando en consideración la tradición democrática del Club, siempre abierto a la máxima participación de sus socios y socias y transparencia (…) entendemos que ampararse solamente en el art. 31 – Bis de la ley del deporte para imponer la celebración telemática de la Asamblea (artículo que fue promulgado para cubrir la imposibilidad de reunión debido a la crisis sanitaria del COVID, por tanto, en un momento excepcional, que no tiene nada que ver con el momento actual) no es admisible por estar haciendo una aplicación totalmente sesgada y contraria al contexto en el que estamos y a la realidad social actual, que participaría de lo que en Derecho se denomina un abuso de derecho y que tendría como resultado la posible conculcación de los derechos de los socios y socias de la entidad en su condición de compromisarios y compromisarias, a quienes finalmente se les puede impedir la participación presencial en la deliberación y adopción de los acuerdos asamblearios en el marco del órgano donde reside la soberanía del Club».

Lo que solicitan es «una rectificación inmediata, a fin de evitar posibles impugnaciones judiciales de la Asamblea» y «desconvocar la Asamblea General ordinaria del día 21 de octubre de 2023, convocándola en una nueva fecha, con la antelación suficiente» en un formato que admita las dos opciones para los compromisarios, la presencial y la telemática «para favorecer y promover la participación de socios y socias que tengan algún impedimento para asistir de forma presencial o de socios y socias que vivan a mucha distancia de Barcelona» y al mismo tiempo «fomentar y promover los principios democráticos (entre otros, transparencia y participación) que nos regulan y que han quedado arraigados en nuestra centenaria historia».

No dudan que, de este modo, «reforzaremos nuestra entidad y preservará nuestros principios y los derechos de los socios y socias. Persistir en querer celebrar la Asamblea solo de forma telemática, basándose en unas situaciones excepcionales ya superadas, solo nos debilita y empequeñece como club».

No es prematuro aventurar que Laporta no se moverá de la posición de aislamiento y de confort, de ventaja sobre el control absoluto de la asamblea, contraviniendo el principal argumento en su defensa, el más empleado por su propio núcleo duro. «Lo que mejor se le da al presidente es, precisamente, el cara a cara con los socios, nunca lo ha rechazado», dicen.

Claro que eso era antes de haber acumulado decenas de incumplimientos y de promesas electorales embusteras, antes de haber perdido casi 1.000 millones en tres años, de no haber fichado a Haaland, Bernardo Silva (o a Messi, tras darle la patada), de haber engañado a los socios con el Espai Barça y con el caso Negreira, y de después de cuatro eliminaciones seguidas en Europa pese a haber dispuesto de 800 millones para ampliar, sin conseguirlo, el margen salarial. Pero sobre todo antes de convertir la asamblea a un acto despótico y humillante para los socios y para el FC Barcelona con la excusa, aún más vergonzosa, de ahorrar.

Laporta sí le teme, y mucho, las consecuencias de una asamblea presencial. La otra pregunta es si por los mismos motivos por los que estos socios defienden con uñas y dientes la naturaleza y plena legitimidad del único formato contemplado por los estatutos, con los socios en la sala y en directo, no hacen que también sea impugnable el modelo mixto. Es otra batalla entre las medias tintas de esos socios que siguen queriendo flirtear con el poder y una determinación como la de Laporta al que las leyes y la democracia le importan nada. Ganará Laporta.

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