Un argumento defensivo clave de Puigdemont se tambalea en Europa

El abogado general en el TJUE considera, en un caso similar al del expresidente catalán, que un estado miembro no puede oponerse a una orden de detención

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, en Cerdeña
El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, en Cerdeña

La postura del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con la que las sentencias de este tribunal con sede en Luxemburgo suelen coincidir, contradice una línea argumental principal de la defensa del expresidente catalán Carles Puigdemont en un caso similar.

Según recoge ABC, el abogado general ha concluido que la justicia de un estado miembro no puede oponerse a ejecutar una orden de detención europea porque algunos de los delitos por los que se condene no reciban sanción en el país donde el condenado se encuentra.

Esta postura se ha dictado en relación al caso de un ciudadano condenado en Italia por siete delitos que se marchó a Francia, donde la justicia de ese país denegó la entrega porque hechos por los que se le había condenado no son delito en Francia.

La resolución no prejuzga necesariamente el caso de Puigdemont, pero abre un escenario más favorable para el Tribunal Supremo, ante la defensa de los abogados del expresidente de la Generalitat sobre el delito de sedición, no recogido en la legislación penal de otros Estados miembros de la UE.

El abogado general en el TJUE señala, esgrimiendo la jurisprudencia del mismo tribunal y según añade ABC, que no es necesaria «una correspondencia exacta ni entre los elementos constitutivos del delito» ni «en la denominación o clasificación» del delito en los derechos nacionales de los Estados miembros, un criterio contrario al seguido por jueces de Bélgica y Alemania para denegar la entrega del expresidente de la Generalitat y líder de Junts.

Cuestión prejudicial de Llarena
El juez instructor del principal caso sobre el procés en el Supremo, Pablo Llarena, presentó una cuestión prejudicial sobre la aplicación de la euroorden de detención, cuya vista está programada para el próximo martes, 5 de abril. En esta vista se abordarán, precisamente, los motivos por los que una euroorden puede ser rechazada, a raíz de la negativa del Tribunal de Apelación de Bruselas a entregar al exconsejero Lluís Puig, en una resolución que señalaba que podía sufrir una violación de sus derechos fundamentales en caso de entregarlo a España.

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