El Supremo da la razón a Aragón sobre las obras de arte de Sijena

La sentencia, que confirma la nulidad de la adquisición por parte de la Generalitat, cierra años de litigios

Murales de Sijena en el MNAC
Murales de Sijena en el MNAC

El Tribunal Supremo ha concluido años de litigios sobre la titularidad de 97 obras de arte del monasterio de Villanueva de Sigena (Huesca) ratificando la anulación de la operación de compraventa con la que la Generalidad de Cataluña las obtuvo entre los años 1983 y 1994.

La sentencia, conocida este jueves, no asume del todo los argumentos de la Audiencia Provincial de Huesca, que había declarado nulas de pleno derecho aquellas compravendas, pero concluye que Aragón tenía razón en su reclamación y que las obras deben quedarse en Sijena, donde llegaron después de que en 2016 el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) entregara 54 piezas voluntariamente y, en 2017, 44 más fueran requisadas del Museo de Lleida para ejecutar una entrega amparada por una sentencia que no era firme.

El Supremo considera que la nulidad tiene un origen distinto del que apreció la Audiencia de Huesca. En concreto, que los contratos de compraventa son ineficaces porque la Orden de San Juan de Jerusalén de Valldoreix no podía disponer de los bienes que han motivado el litigio, por lo que no se cumplieron los requisitos de la legislación civil, aunque sí los de la legislación canónica. Era, en cambio, la orden de Sigena, de quien se considera que tiene una personalidad jurídica propia, la que tenía «civilmente la propiedad» de los bienes.

Esta resolución es la respuesta a la interposición de recursos de casación por parte de la Generalitat, sobre los que el Supremo destaca las dificultades que provocan para administrar justicia por su extensión, superior a 25 folios.

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