El Supremo autoriza la exhumación de Franco sin licencia de obras

Argumenta que el decreto del gobierno es constitucional y no vulnera los derechos de la familia del dictador
Tumba de Franco
Tumba de Franco

Los magistrados de la sección cuarta de la sala contenciosa-administrativa del Tribunal Supremo sostienen que el gobierno español no necesita una licencia de obras municipal para exhumar Francisco Franco de Valle de los Caídos.

En la sentencia, que desestima por unanimidad el recurso de la familia del dictador a la decisión del ejecutivo español de exhumar Franco y trasladarlo al cementerio de Mingorrubio, al Pardo; los jueces afirman que "no es una obra mayor" y que, al haber sido acordada por el Consejo de Ministros, no hace falta el aval del Ayuntamiento del Escorial.

Así pues, el alto tribunal da vía libre a la exhumación y marca el camino para que el titular del juzgado contencioso-administrativo 3 de Madrid, José Yusty Bastarreche, retire la suspensión cautelar de la licencia de obras para sacar los restos de Franco de Valle de los Caídos.

Los seis magistrados argumentan que el decreto del gobierno español es constitucional y no vulnera los derechos de la familia del dictador.

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