Revés a los bancos por las cláusulas suelo

El Tribunal de la UE contradice al Supremo y les obliga a devolver todo lo que cobraron de más
clausulas suelo pah palencia
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La banca tendrá que devolver todo el dinero que cobró de más a los clientes afectados por la presencia de las cláusulas suelo en sus contratos hipotecarios, según una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que contradice el criterio del Tribunal Supremo.

El TJUE considera que la jurisprudencia del alto tribunal español que establece una limitación temporal sobre el efecto de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo es contraria a la normativa comunitaria, de manera que los clientes afectados podrán cobrar todo el importe que se les ha cobrado de más durante la vigencia del contrato hipotecario y no sólo contando a partir del 9 de mayo de 2013, como había señalado el Tribunal Supremo.

El Supremo impuso este límite a la retroactividad a pesar de considerar que las cláusulas suelo, que establecían un mínimo de intereses que los clientes contratantes tenían que pagar aunque bajaron los tipos y se introdujeron desde 2009, eran abusivas.

Para el TJUE, «tal limitación en el tiempo resulta una protección de los consumidores incompleta e insuficiente que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas, en contra de lo que exige la Directiva».

La retroactividad limitada fruto de la resolución del Supremo había costado unos 2.500 millones de euros a la banca. El criterio del TJUE, según el Banco de España, podría elevar esa cifra entre los 5.000 y los 7.500 millones.

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