El Gobierno de España propone el blindaje constitucional del derecho a abortar

El nuevo artículo 43.4 pretende garantizar el ejercicio del derecho en igualdad de condiciones en todo el territorio

Bluesky
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La ministra Ana Redondo

El ministerio de Igualdad, que encabeza Ana Redondo, es uno de los impulsores del blindaje constitucional del aborto (ACN)

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una propuesta de reforma de la Constitución para reforzar la protección del derecho al aborto. A propuesta de los ministerios de Igualdad, de Sanidad y de Justicia, el proyecto de reforma del artículo 43 de la Constitución pretende constitucionalizar, concretamente, la vertiente prestacional del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo.

La propuesta consiste en añadir un apartado 4 que establezca que «Los poderes públicos garantizarán el ejercicio del derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo en condiciones de igualdad real y efectiva con todas las prestaciones y servicios que sean necesarios para este ejercicio».

La iniciativa proviene de un acuerdo previo que ya aprobó el Gobierno el 14 de octubre pasado, y por el que se solicitó al Consejo de Estado la emisión del dictamen preceptivo sobre la propuesta, recibido el 9 de marzo de este año. El proyecto de reforma que se ha elevado ahora al Consejo de Ministros incorpora las mejoras realizadas por el Consejo de Estado.

Enfocado a la vertiente prestacional

La nueva redacción constitucionaliza con claridad la vertiente prestacional del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, a la vez que la libertad de decisión de la mujer queda protegida por los artículos 10.1 y 15 de la Constitución española, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, y establece que los poderes públicos deben garantizar su ejercicio en condiciones de igualdad real y efectiva. La previsión se incluye en consonancia con el artículo 9.2 de la Constitución y con el objetivo principal de asegurar la igualdad en el ejercicio de este derecho en todo el territorio español.

A partir de este momento, la reforma impulsada por el gobierno seguirá las vías establecidas en el artículo 167 de la Constitución, y requerirá la aprobación por mayoría de tres quintos tanto en el Congreso como en el Senado. En caso de desacuerdo, habría que crear una Comisión Mixta Congreso-Senado que propondría un nuevo texto, que se sometería de nuevo a votación. Si no prosperase, el texto podría aprobarse por mayoría de dos tercios de los votos en el Congreso y mayoría absoluta en el Senado.

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