Absueltos de encubrimiento los ‘mossos’ escoltas de Puigdemont

La Audiencia Nacional concluye que este delito no se puede cometer protegiendo a un investigado por sedición ni sin abuso de función pública

Carles Puigdemont
Carles Puigdemont

La Audiencia Nacional considera probado que los dos agentes de los Mossos d’Esquadra que acompañaban el expresidente catalán Carles Puigdemont cuando fue detenido en Alemania, en 2018, le ayudaron para que volviera a Bélgica sin ser identificado, siendo conscientes de que se había dictado una orden de captura contra él, pero ha descartado que sean culpables del delito de encubrimiento por el que se les ha juzgado.

La conclusión del juez José Manuel Fernández-Prieto es que los hechos probados que atribuye a los dos mossos no se pueden considerar encubrimiento porque la sedición, el delito por el que se investiga a Puigdemont, a diferencia de la rebelión, no es un delito a cuyo presunto autor se puede ayudar cometiendo encubrimiento.

Puigdemont estaba en busca y captura como investigado por rebelión en el momento de los hechos, pero la sentencia del Tribunal Supremo que condenó a los dirigentes del procés los consideró culpables de sedición.

El juez también indica que otro requisito necesario, el abuso de funciones públicas, no se da en este caso, ya que los dos agentes aprovecharon días libres para acompañar al expresidente catalán.

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