El Tribunal Catalán de Defensa de la Competencia, de la Autoridad Catalana de la Competencia (ACCO), ha sancionado a la Asociación de Escuelas Privadas Independientes de Cataluña (EPIC) por una infracción muy grave de la Ley de Defensa de la Competencia, difunde la ACN.
La resolución de la ACCO concluye que la EPIC adoptó un pacto de no captación para homogeneizar las estrategias de sus miembros en el mercado laboral. Según los términos del pacto de no captación, las empresas de educación privada que componen la asociación no podían contratar o contactar profesorado de otras empresas asociadas sin previo consentimiento.
Los pactos de no captación de trabajadores son acuerdos horizontales entre empresas que prohíben o restringen la contratación de trabajadores. El procedimiento sancionador en este caso tiene origen en una investigación de oficio realizada por ACCO y ha concluido con una multa de 75.500 euros.
En concreto, el pacto se establecía en el Código Ético de la EPIC aprobado en 2009, que en su punto 4 del apartado Relaciones entre los asociados establecía que ningún miembro de la entidad intentará contratar empleados de otros miembros de la asociación. Este compromiso supone «no tomar ninguna iniciativa para contactar con empleados de colegios miembros del EPIC con la intención de contratarlos para su organización», recoge también la ACN.
Se añadía que «si un empleado de un colegio asociado a EPIC contactara por su cuenta con otro colegio de la asociación y este colegio miembro tuviera interés en incorporarlo a su organización, se le informará de inmediato que para poder seguir en el proceso de selección deberá comunicar a su colegio que está optando a un puesto de trabajo en otro colegio miembro de EPIC».