Inadmiten el recurso de Juvillà contra la retirada de su escaño al no agotar la vía judicial

El TC recuerda que el diputado tiene un recurso contencioso-administrativo pendiente de resolución

Bluesky
Pau Juvillà (ACN)

El Tribunal Constitucional (TC) no admitió a trámite por falta de agotamiento de la vía judicial procedente el recurso interpuesto por Pau Juvillà contra el acuerdo de la secretaria general del Parlament por el que se ordenó a la administración parlamentaria darle de baja como diputado de la cámara.

El TC recuerda que el diputado de la CUP interpuso un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo de la JEC que le dejaba sin acta por haber sido condenado por el TSJC por no retirar lazos amarillos de la fachada de la Paeria de Lleida. Este recurso estaba pendiente de resolución cuando se presentó el recurso de amparo en el TC. Por todo ello, el alto tribunal no admite el recurso por incumplimiento del requisito de agotamiento de la vía judicial.

El recurrente, cabeza de lista de la CUP por Lleida en las elecciones catalanas del 14 de febrero de 2021, resultó elegido diputado en esos comicios. Tras ser condenado por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por un delito de desobediencia, a la pena, entre otros, de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electos, la Junta Electoral Central acordó declarar vacante su escaño, por la concurrencia de causa de inelegibilidad sobrevenida, así como retirarle la credencial de diputado, lo que se puso en conocimiento del Parlament de Catalunya.

La JEC exhortó a la entonces presidenta de la cámara, Laura Borràs, a dar cumplimiento al acuerdo por lo que se declara la vacante del escaño. Ante la referida comunicación de la JEC, la secretaria general del Parlament acordó dar instrucciones a los servicios de la cámara para dar de baja a Juvillà como diputado. La Mesa de la cámara se limitó a tomar conocimiento de ese acuerdo de la secretaria general.

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