El TC avala dividido el veto a Sànchez a acudir a actos electorales en 2017

Tres magistrados del Constitucional han emitido un voto particular en contra de la sentencia del Supremo
Jordi Sànchez sale de permiso de prisión

El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado la decisión del Tribunal Supremo (TS) de denegar a Jordi Sànchez permisos extraordinarios de salida para acudir a dos actos de campaña de su candidatura a las elecciones en el Parlamento del 21-D, de rechazar la petición de entrevistas con medios que no se incluyeran en el régimen ordinario interno de la prisión, así como la demanda de ampliarle la disponibilidad de uso de internet.

El TC considera que el TS no vulneró el derecho a la participación directa en asuntos públicos y al acceso de cargos públicos en condiciones de igualdad. Tres magistrados han formulado un voto particular discrepando en el cual argumentan que se tendría que haber estimado el recurso de amparo de Sànchez.

En una sentencia hecha pública este lunes, la mayoría del pleno del TC considera que denegar las peticiones de Sànchez es "coherente" teniendo en cuenta el "riesgo de reiteración delictiva" que justificaba mantenerlo en prisión preventiva.

Según la sentencia, la denegación de los permisos "expresa una adecuada ponderación de los derechos e intereses constitucionales en juego, lo cual impide calificar las limitaciones cuestionadas como injustificadas, desproporcionadas o inequitatives".

En cambio, tres magistrados consideran que el Supremo no hizo un juicio de proporcionalidad adecuado con relación con la incidencia sobre el derecho a participación y representación política que tenía la denegación. Creen que se tendría que haber valorado tomar medidas "alternativas" que "paliaran la restricción" al ejercicio del derecho a la representación política.

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