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El CIC acusa a Helena García Melero y TV3 de incumplir el Código Deontólogico de los periodistas

El Consejo de la Información de Cataluña (CIC) considera que «con su implicación en campañas publicitarias emitidas en TV3, la periodista Helena García Melero incumple el criterio 7 del Código Deontológico». Este criterio determina que «como norma general, los profesionales de la información deben evitar cualquier situación de conflicto de intereses, ya sea de ámbito político, comercial, financiero o familiar, que ponga en cuestión la credibilidad e imparcialidad de su función». El acuerdo, adoptado por unanimidad por la dirección del CIC en una reunión celebrada el pasado 15 de diciembre, responde a la queja presentada por R.E. a raíz de la participación de García Melero, presentadora del programa Tot es mou, de TV3, «en una campaña publicitaria emitida por la propia cadena pública catalana, relativa a la residencia de personas mayores ‘Los Tilos’, difundida en varias emisiones del canal.

No es la primera vez que el CIC acusa a esta profesional de TV3 de protagonizar campañas de publicidad contraviniendo el código deontológico de los periodistas catalanes. En 2024 ya condenó su participación en campañas de publicidad de la aseguradora Allianz y de las hamburguesas Pujols. Este organismo de supervisión del trabajo de los periodistas catalanes también ha denunciado en tres ocasiones más la participación de presentadores de Tot es mou en campañas publicitarias de marcas privadas.

Desde abril de 2022, el CIC ha denunciado en seis ocasiones la participación de presentadores del programa Tot es mou en campañas publicitarias. Con anterioridad a las denuncias contra García Melero, también había denunciado la promoción realizada por los periodistas del mismo programa Josep Palau y Laia Ferrer. Palau hizo propaganda de un banco y Ferrer de la empresa de energías renovables Solideo y de las clínicas odontológicas Vitaldent.

La CCMA hace 4 años que ignora las denuncias del CIC

La Corporación Catalana de Medios Audiovisuales (CCMA) ha alegado siempre ante el CIC que «el formato telepromoción está permitido por la normativa audiovisual» y que la prohibición de hacer publicidad y participar en promociones comerciales que determina su Libro de Estilo sólo afecta a los profesionales que «presentan contenidos estrictamente informativos».

El CIC, sin embargo, considera que «es bastante sabido que bajo el nuevo concepto del llamado info-entretenimiento se encierran programas de tipo magazine donde los contenidos informativos están permanentemente presentes, e incluso en proporciones muy mayores que las del minutaje dedicado al ocio. Ya en ocasiones anteriores, desde el CIC se ha instado a la Corporación para que haga una modificación de este punto de su libro de normas». Además, el acuerdo del 15 de diciembre especifica que «si en otros casos hubiera podido haber alguna duda sobre las características del profesional en cuestión, en lo que respecta a Helena García Melero pocas dudas pueden caber que los espectadores la ven como una periodista que ha trabajado muchos años como cara visible de Telenotícies y que sigue ejerciendo en la cadena unas funciones eminentemente informativas».

El CIC «insta una vez más a la CCMA a revisar en un sentido más restrictivo e inequívoco sus normas respecto a la participación de sus profesionales en campañas publicitarias o en otro tipo de actuaciones que puedan poner en entredicho su credibilidad o que puedan crear dudas sobre la integridad de la información».

De momento, la CCMA ha ignorado la nueva reclamación del CIC. Lo viene haciendo desde hace casi cuatro años.

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