La justicia europea niega que España violara derechos políticos de Junqueras, Turull y Sànchez

El TEDH avala la prisión preventiva como medida para "preservar el orden constitucional"

Bluesky
Oriol Junqueras

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha avalado que los tribunales españoles, para «preservar el orden constitucional», impidieran que Jordi Turull, Oriol Junqueras y Jordi Sànchez salieran de la prisión preventiva en pleno proceso. De este modo, la justicia europea ha negado que España haya vulnerado los derechos políticos de los tres dirigentes independentistas, que habían denunciado restricciones de participación en las elecciones catalanas de 2017, la constitución posterior del Parlament y los intentos de investidura.

El TEDH, en la resolución conocida este jueves, considera que el Tribunal Supremo aportó razones «suficientes» para justificar la prisión preventiva, y que los partidos independentistas pudieron participar en los comicios y proponer candidatos. De hecho, recuerda que Quim Torra (Junts) asumió la presidencia de la Generalitat en 2018.

«El Tribunal considera que las autoridades nacionales equilibraron los distintos intereses en juego de una manera que no puede calificarse de arbitraria ni de vulnerar la libre expresión de la opinión popular«, concluye el tribunal con sede en Estrasburgo, que apunta que las restricciones impugnadas «eran proporcionadas» teniendo en cuenta «la gravedad de los delitos» y la «vulneración de los valores fundamentales del Estado de derecho que conllevaban».

En su sentencia, el TEDH recuerda que «para garantizar la estabilidad y la eficacia de un régimen democrático, el Estado puede verse obligado a tomar medidas concretas para protegerse». En el caso del proceso independentista, Estrasburgo señala que las circunstancias eran particularmente «inusuales y graves» y reconoce que «un Estado debe poder impedir razonablemente la implementación de un proyecto político, incompatible con las normas del Convenio, antes de que se ponga en práctica mediante actos concretos que arriesguen a socavar la paz civil y el régimen democrático del país» cuando «los tribunales nacionales establecen la existencia de este peligro».

Antes de llevar el caso al TEDH, los tres dirigentes independentistas habían presentado recursos judiciales en España, pero el Tribunal Constitucional consideró que las restricciones fueron proporcionadas. Por otro lado, estos líderes del procés también han recurrido la condena del Tribunal Supremo por el 1-O, pero este caso está pendiente de resolución.

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