El Gobierno de España tipifica por primera vez la violencia vicaria como delito autónomo

Las modificaciones legales incluyen como víctimas a los hijos mayores, los padres, hermanos y parejas de la mujer, y prohíbe libros como el de Bretón

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Pancartas y consignas en la manifestación del 25 de noviembre en Barcelona (Albert Hernández, ACN).

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un anteproyecto de Ley Orgánica de medidas para combatir la violencia vicaria, la cual deriva de la violencia de género y tiene como objetivo causar el mayor daño posible a las mujeres a través de las personas de su entorno, especialmente los hijos e hijas. Hasta ahora, se consideraba víctimas de violencia vicaria a los hijos menores de edad, pero con el cambio normativo se amplía el conjunto de víctimas que recogía la Ley Orgánica de medidas de protección integral contra la violencia de género, y se tienen también en cuenta los hijos mayores de edad, los padres, hermanos y nuevas parejas de la mujer, aunque no convivan.

La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha destacado que se trata de una «ley pionera» que busca «dar respuesta en todas las víctimas y a sus familiares, tipificando la violencia vicaria con penas específicas y con medidas civiles reforzadas». De hecho, el anteproyecto de ley contempla la modificación de varias normas: la Ley Orgánica de medidas de protección integral contra la violencia de género, el Código Penal, el Código Civil, la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Además, incluye la posibilidad de prohibir que las personas que cometen violencia vicaria publiquen o difundan materiales relacionados con sus casos durante 20 años. «No se trata de una prohibición total, pero el juez podrá aplicarla si lo considera necesario», ha explicado Redondo. Esta medida busca evitar situaciones como la del asesino José Bretón, quién mató a sus hijos Ruth (6 años) y José (2 años) en 2011, y llegó a escribir un libro sobre el caso que finalmente la editorial decidió no distribuir a causa de la polémica generada.

Modificaciones legales

El objetivo del anteproyecto de ley es cubrir el vacío normativo existente y establecer un marco legal que permita perseguir este fenómeno, así como impulsar un “cambio cultural” que incremente la concienciación sobre esta forma de violencia machista, motivo por el cual se modifican varias normas.

En el caso del Código Penal, se incorpora el nuevo artículo 173 bis que tipifica la violencia vicaria como un delito autónomo contra la integridad moral con agravante de género y sanciones acumuladas, y contempla una pena de prisión de seis meses a tres años. Se incorpora, además, la prohibición de publicar o difundir mensajes, textos, imágenes u otros contenidos que tengan relación directa con el delito cometido.

También se prevén modificaciones en el Código Civil, concretamente en el artículo 92.6 sobre el régimen de guarda y custodia, para establecer la obligación de escuchar en todo caso a los hijos e hijas menores de edad, así como los mayores con discapacidad, antes de acordar el régimen de guarda y custodia. El artículo 94 también se modifica para reforzar la justificación a la hora de establecer, en la resolución motivada, un régimen de visitas, comunicación o la estancia cuando el progenitor esté implicado en un proceso penal de violencia doméstica o de género.

Una parte de la norma busca responder a las medidas del nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género, actualizado el pasado febrero en el Congreso, donde solo Vox votó en contra.

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