El Tribunal Supremo (TS) mantiene a Santos Cerdán en la cárcel de Soto del Real. La sala de lo penal del TS ha desestimado, así, el recurso presentado por el exsecretario de Organización del PSOE contra la prisión provisional que cumple.
La Sala de Apelación, integrada por los magistrados Juan Ramón Berdugo (presidente), Antonio del Moral y Pablo Llarena (ponientes) han decidido que se mantenga encarcelado para evitar el riesgo de destrucción de pruebas y por los indicios que apuntan a que Cerdán tendría un papel directivo en la trama de presunta corrupción integrada por el exministro José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García, que están en libertad.
El auto asegura que Cerdán debe seguir en prisión por «posibilidades como concertarse con otros investigados, destruir documentos, fabricar nuevos, influir testimonios u ocultar bienes y sumas de dinero», lo que creen que es legítimo «con creces la medida cautelar frente al recurrente», dice el Supremo.
El tribunal coincide con el magistrado instructor que decretó la prisión de Cerdán a finales de junio con que existe riesgo de obstrucción a la investigación, lo que justifica la medida cautelar. «Está racional, objetiva y detalladamente fundada la consideración del magistrado instructor de la existencia de un peligro que la investigación pueda perjudicarse irremediable y gravemente por una actuación obstruccionista del recurrente», indica el auto de la sala.
En respuesta al argumento de la defensa de Cerdán, que afirmaba que no había elementos suficientes de criminalidad, el Supremo afirma que los indicios sobre la participación de Santos Cerdán en la trama «son numerosos y poderosos». Destacan, entre otras, las conversaciones telefónicas protagonizadas por los investigados y encuentros en dispositivos electrónicos incautados casa de Koldo García Izaguirre.
Conversaciones «elocuentes»
Estas conversaciones son consideradas por el magistrado «extraordinariamente elocuentes» respecto de la naturaleza de los hechos, la participación de los investigados y el papel «preeminente y de dirección» de Cerdán. También se consideran los mensajes de texto que Cerdán envió a Koldo García justo después del nombramiento de Ábalos como ministro de Transportes.
Según los magistrados, todo el marco indiciario «desvela por sí solo la naturaleza de la actividad desplegada, así como la manera de desarrollarla y cómo los investigados se repartían, de manera furtiva, cantidades portentosas e injustificadas de dinero, en un comportamiento coherente con la actividad delictiva que se investiga».
«El trato desigual no es discriminatorio, sino justificado en circunstancias no coincidentes», apunta el Supremo en cuanto a la decisión de mantener a Cerdán en Soto del Real mientras Ábalos -quien ayer estuvo en el Congreso- o Koldo García se mantienen en libertad.
Finalmente, el auto rechaza que se esté vulnerando la presunción de inocencia del exdirigente socialista recordando que valorar indicios racionales en fase de instrucción no significa considerar culpable al imputado, sino que simplemente hay motivos razonables para instruir una investigación.
Niega una investigación «prospectiva»
El Supremo también niega estar haciendo una «investigación prospectiva generalizada» indicando que en delitos continuados o en formación de grupo criminal hay que investigar todo el ámbito relevante para comprender plenamente la magnitud de los posibles hechos delictivos.
En cuanto al seguimiento de las visitas de Cerdán a prisión, solicitadas por la UCO, subraya que no hay relación causal entre esta solicitud y la orden de encarcelamiento y agrega que el control policial está fuera de la actividad del magistrado instructor, de manera que no puede provenir de presiones.