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El TSJC anula instrucciones de la Generalitat que ignoraban el castellano como lengua habitual en la escuela

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado cuatro apartados de las instrucciones que el Departamento de Educación de la Generalitat envió el curso 2022-2023 a las escuelas catalanas, porque no incluían explícitamente el castellano como lengua vehicular y de uso habitual en los centros.

La sentencia, dictada el pasado lunes a instancias de un recurso de la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), concluye que dichos apartados solo consideran como lengua habitual al catalán en todos los ámbitos escolares y eso vulnera la Constitución.

En concreto, el TSJC ha anulado un apartado que establece que el catalán -y el aranés en el Valle de Arán- «como lenguas propias, sean las lenguas utilizadas normalmente como lenguas vehiculares y de aprendizaje del sistema educativo». La resolución considera que la ausencia de una mención del castellano no permite garantizar su presencia adecuada.

Además, la sentencia ha anulado el apartado que dice que el catalán «es la lengua de la institución y, por tanto, la lengua de uso habitual en todos los espacios del centro, en la relación con la comunidad educativa y con todos los estamentos sociales en general». Finalmente, el TSJC ha anulado dos apartados que instan a los centros a hacer del catalán una herramienta de integración.

En cambio, el tribunal ha desestimado parte del recurso de la AEB sobre el apartado referente a la rotulación de los centros, porque considera que, dada la doctrina jurídica, no puede considerarse obligatorio rotular en las dos lenguas oficiales. Tampoco ha prosperado la parte relativa a la atención individualizada en la primera enseñanza, ya que la ve interpretable conforme a derecho.

La AEB, que ha anunciado que presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo sobre la desestimación de estos dos puntos, ha considerado «especialmente relevante» la sentencia del TSJC aduciendo que ratifica la inconstitucionalidad de excluir el castellano de la escuela en Cataluña y, especialmente, que es una prohibición que afecta a futuras instrucciones generales dirigidas a los centros, y no se limita a casos concretos.

Reacción de la Generalitat

El Departamento de Educación de la Generalitat, por su parte, ha recordado que la legislación establece el catalán como lengua normalmente utilizada en las escuelas, y tanto el catalán y el castellano como lenguas curriculares.

La secretaria de Mejora Educativa, Pepín Beltran, ha dicho que con la ley vigente, aprobada en 2022, ya se estaría dando aplicando la sentencia del TSJC que ha anulado los cuatro apartados que no incluían explícitamente al castellano como lengua vehicular y de uso habitual en los centros. Además, ha afirmado que las instrucciones del próximo curso «aplicarán la legislación actual».

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