La Fiscalía abre por primera vez diligencias penales por torturas en la comisaría de Vía Laietana

El ministerio público defensa que hay que garantizar el derecho a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas

La comisaría de Vía Laietana

La Fiscalía de Barcelona, en coordinación con la unidad de Derechos Humanos y Memoria Democrática de la Fiscalía General del Estado, ha abierto por primera vez diligencias penales para investigar las torturas perpetradas durante el franquismo por miembros de la llamada Brigada Político-Social en las dependencias de la Prefectura Superior de la Policía Nacional en la Vía Laietana de Barcelona. Las diligencias de investigación se incoaron a consecuencia de la denuncia interpuesta por una víctima por los maltratos físicos y psíquicos que le fueron infligidos durante su detención en febrero de 1977, en el marco de represión sistemática por motivos políticos impuesto por el régimen dictatorial.

El decreto de incoación se fundamenta en la obligación establecida por la Ley de Memoria Democrática de “realizar una investigación efectiva que satisfaga el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, principios que son pilares del derecho internacional de los derechos humanos” y que se integran en el derecho a la tutela judicial efectiva establecido por la Constitución.

Así mismo, el decreto analiza la concurrencia en este caso concreto de los requisitos objetivos, temporales y contextuales que se exigen para la aplicación de la ley de memoria democrática: que se trate de graves violaciones del derecho internacional de los derechos humanos o del derecho internacional humanitario; que los hechos se hayan producido con ocasión del golpe de Estado de 18 de julio de 1936, la guerra y la dictadura, hasta la entrada en vigor de la Constitución española el 29 de diciembre de 1978; y que estos hayan sido perpetrados en el contexto de un régimen institucionalizado de represión contra la población civil, en este caso por motivos políticos.

El ministerio público, en actuaciones anteriores, ya había sostenido el criterio que, en aplicación de la nueva ley, hay que llevar a cabo una investigación efectiva la finalidad última de la cual no tiene que ser la persecución penal, sino garantizar a las víctimas sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación, con independencia del resultado final del proceso.

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