La Fiscalía pide aplicar la amnistía a Puigdemont al descartar el enriquecimiento personal

El Tribunal Supremo celebra una vista para revisar la decisión del juez Llarena de no aplicar la medida

Carles Puigdemont - Foto: Junts

La Fiscalía ha pedido este lunes aplicar la ley de amnistía a Carles Puigdemont al considerar que el expresidente de la Generalitat no se enriqueció personalmente con su papel en el 1-O.

La fiscal Ángeles Sánchez Conde se ha pronunciado en este sentido durante la vista celebrada este lunes para revisar la decisión del juez instructor Pablo Llarena de no aplicar la ley a varios dirigentes del procés.

«Cualquier persona que sepa leer las normas y conozca los hechos de esta causa sabe que caen hasta del ámbito objetivo y temporal de la ley de la amnistía», ha manifestado la fiscal. Según ha apuntado también, la idea de que querían enriquecerse «choca frontalmente» con el hecho de que sufrirían «extensas» penas de prisión y tendrían que reintegrar «cantidades superiores a los que habían salido de las arcas públicas».

En su intervención ante la sala, Sánchez Conde ha argumentado que la sentencia correspondiente al principal juicio del procés, celebrado en 2019, no asumió las tesis de la Fiscalía ni sobre quién debía ser responsable del delito de malversación ni de cómo debían ser calificados los hechos por los que fueron condenados los líderes del 1-O. Además, ha añadido que con la entrada en vigor de la amnistía esta «falta de sintonía» se ha vuelto «aún más evidente».

El Ministerio Público ha esgrimido el hecho de que el artículo primero de la ley de amnistía manifiesta que son «amnistiables» los hechos tipificados como delito de malversación si son dirigidos a «financiar, pagar o facilitar» la realización del 1-O de 2017, siempre que no haya habido «propósito de enriquecimiento». Para la Fiscalía, han sido los indultos y los textos legislativos posteriores los que han «propiciado» un «innovador punto de vista» sobre los hechos de 2017 que mencionan el enriquecimiento.

«Señalar que los actos [de l’1-O] se hicieron para obtener un beneficio patrimonial personal es, como mínimo, sorprendente. No se apuntó nunca por el instructor, ni por la acusación pública, ni por la acusación particular, ni por la popular. Tampoco apreciado por los diferentes órganos judiciales. Nadie nunca tuvo por acreditado que la actuación fuera para obtener un beneficio personal. Ni siquiera se ha insinuado este propósito», ha reiterado la fiscal.

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