El gobierno español certifica oficialmente la anulación del juicio y la condena a Puig Antich

La resolución del ministro de Memoria Democrática llega meses después de un certificado más genérico y con errores

Homenatge a Puig Antich, a la presó Model de Barcelona - Foto: ACN, Pol Solà

El gobierno español, a través del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, ha emitido una resolución en la que «declara ilegal e ilegítimo» al tribunal que juzgó al activista anarquista Salvador Puig Antich, e «ilegítima y nula la condena» a muerte de 1974. La resolución, que lleva fecha del 30 de enero de 2025, rubrica un proceso abierto el otoño pasado, cuando el ministro Ángel Víctor Torres entregó a la familia Puig Antich un título en el que se declaraba a Puig Antich «víctima de persecución y violencia política». El documento expedido este enero y reproducido por El Punt Avui, concreta el alcance de aquella primera declaración y especifica la nulidad del consejo de guerra y la sentencia que se derivó.

El escrito tiene una parte introductoria en la que explica que Puig Antich formó parte del Movimiento Ibérico de Liberación (MIL) y «sufrió persecución por razones políticas e ideológicas durante la dictadura franquista». Al ser detenido el 25 de septiembre de 1973, se produjo un tiroteo que le causó lesiones en la cara y en un hombro, de las que tuvo que ser operado.

El texto relata que Salvador ingresó en la cárcel Modelo de Barcelona, fue juzgado en un consejo de guerra, condenado a muerte y ejecutado por el método del garrote vil el 2 de marzo de 1974. El texto dice que Puig Antich «tiene el derecho al reconocimiento y a obtener la reparación moral y la recuperación de su memoria personal, familiar y colectiva».

En la parte dispositiva del documento, y en aplicación de lo previsto en la ley de memoria democrática, se dispone que «se declara ilegal e ilegítimo al tribunal que juzgó a Salvador Puig Antich, así como a los jurados y otros órganos penales y administrativos que, a partir del golpe de estado de 1936 se hubieran constituido para imponerle, por motivos políticos, ideológicos, de conciencia o creencia religiosa, condenas o sanciones de carácter personal». En un segundo punto, «se declara igualmente ilegítima y nula la condena, sanción o resolución dictada contra Salvador Puig Antich». Por todo ello, el ministro expide la «declaración de reconocimiento y reparación personal».

El documento no hace referencia a la muerte del policía Francisco Anguas a causa de los disparos recibidos en el tiroteo, no especifica el delito de terrorismo por el que fue condenado Puig Antich, ni tampoco entra en las irregularidades que se cometieron en el proceso judicial.

La resolución es fruto de un escrito que la familia Puig Antich dirigió al ministerio después de que en otoño se les entregara el primer documento de reparación. Fue un título lleno de irregularidades tanto en la forma como en el fondo. Por un lado, se citaba la causa judicial de manera errónea, haciendo referencia al sumario 106/73 cuando había que escribir 106-IV-73, y, por el otro, no había la fecha en que se había expedido.

Además, aunque en aquel primer documento se daba a Salvador Puig Antich la consideración de víctima de persecución política, y se hacía referencia a la ley de memoria democrática que declara nulos los juicios consecuencia de aquellas prácticas, en ningún caso se decretaba de manera clara y explícita la nulidad del consejo de guerra a Puig Antich.

El escrito de la familia en el ministerio estuvo en la línea de pedir una enmienda al título que era erróneo e incompleto y una aclaración sobre la necesidad de que les fuera expedido un documento en el que se especificara la nulidad, como ahora ha sucedido. En el escrito enviado en su día al ministerio se recordaba que en los casos de los expedientes de nulidad de los procesos a Lluís Companys y a José Luis Sánchez-Bravo Solla, miembro del FRAP (Frente Revolucionario Antifascista y Patriota), sí se había dictado una resolución motivada y de contenido inequívoco.

El ministerio ya corrigió, en un primer momento, el título escribiendo correctamente la numeración de la causa y poniendo fecha al documento, y ahora ha completado el procedimiento dando curso a esta resolución motivada. Con este escrito, la misma institución del gobierno de España que el 1 de marzo de 1974 dio por buena la condena a muerte y activó la ejecución de Puig Antich hace enmienda y declara la nulidad de todo el proceso.

La reparación a Puig Antich se produce en el ámbito moral, personal y familiar y en ningún caso da pie a instar una reclamación patrimonial. En el ámbito jurídico, la resolución del ministro debe ser adjuntada ahora al expediente del proceso judicial.

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