La Generalitat admite que hacen falta entre 75 y 100 inspectores más para aplicar el régimen sancionador en vivienda

Paneque no pone fecha a la incorporación de profesionales porque depende de la aprobación de suplementos de crédito

La portavoz del gobierno catalán, Sílvia Paneque, en rueda de prensa (ACN)

El Gobierno de la Generalitat de Catalunya calcula que harán falta entre 75 y 100 inspectores más para poder aplicar el régimen sancionador en vivienda. Durante la rueda de prensa tras la reunión del Consejo Ejecutivo, la portavoz y consejera de Vivienda, Silvia Paneque, ha admitido que los inspectores actuales que hay en Consumo y en la Agencia de Vivienda son «claramente insuficientes» para hacer seguimiento del nuevo decreto.

Paneque no ha querido calendarizar la incorporación de estos trabajadores porque dependerá de si el ejecutivo catalán puede aprobar suplementos de crédito a los presupuestos prorrogados. En este sentido, ha explicado que esta cuestión se tratará en «negociaciones futuras».

Mientras, la portavoz ha dicho que el régimen sancionador es «cien por cien efectivo» y ha explicado que habilitarán un canal telemático para que los inquilinos que crean que se les están vulnerando los derechos puedan dirigir la queja. Paneque ha asegurado que este régimen garantizará que la vivienda no sea «un bien especulativo sino un derecho» y, a la vez, dotará de un marco de seguridad para quien alquila viviendas dentro de los topes acordados y dará «confianza, seguridad y protección a quien lo hace bien».

Por otro lado, la también consejera ha garantizado que el régimen sancionador cuenta con seguridad jurídica y ha asegurado que no invade competencias estatales.

Aprobación del régimen sancionador

El Consejo Ejecutivo ha aprobado este martes el decreto con el régimen sancionador en vivienda. Se trataba de una exigencia de Comuns para aprobar los presupuestos -que finalmente se prorrogarán- y para facilitar la gobernabilidad.

El acuerdo incluye tres infracciones consideradas muy graves que pueden conllevar multas de entre los 90.001 euros y los 900.000 euros: poner un precio de alquiler superior al 30% de lo que marca el índice de precios de referencia, que no conste la finalidad del contrato o destinarla a una finalidad fraudulenta -como el alquiler de temporada-, y cargar los gastos de gestión a los inquilinos.

Aparte de los tres supuestos muy graves, con sanciones que pueden llegar a los 900.000 euros, se han introducido tres nuevas sanciones en materia de protección de consumidores. En este caso, si se pone un precio de alquiler hasta un 30% por encima de lo establecido en el índice de precios de referencia o que no se haya hecho constar en el contrato el índice, si el propietario es un gran tenedor, o el importe de la renta del contrato anterior, en el caso de un pequeño propietario, es decir, de cinco viviendas.

Paralelamente, el ejecutivo catalán y los comunes han acordado la modificación de la Ley del Código de Consumo para sancionar las prácticas abusivas por parte de los Agentes de la Propiedad Urbana o plataformas y si, por ejemplo, se demuestra que han propuesto a los propietarios destinar su vivienda a alquiler temporal y no habitual. En este caso, las multas pueden llegar a los 100.000 euros, pueden ser acumulativas y se pueden sumar a las establecidas en el decreto que aprobará este miércoles el Govern.

En los casos más graves, las sanciones se pueden elevar hasta el millón de euros.

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