La fiscal avala que la policía infiltrada en Girona mantuviera una relación para obtener información

El ministerio público pide al juzgado que inadmita la querella y concluye que la ley justifica el uso de esta "técnica"

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    Crema de fotografies de l'agent infiltrada - Foto: ACN, Gerard Vilà

    La fiscal ha avalado que la agente de policía que se infiltró en los movimientos independentistas de Girona y Salt mantuviera una relación con el activista Òscar Campos para obtener información. En un escrito que ha enviado al juzgado, subraya que el agente no utilizó medios «ilícitos» para ser pareja de Campos y que, precisamente, con esta relación «consiguió cumplir la misión» que tenía encargada.

    Además, aunque la ley no regule expresamente la figura «de agente infiltrado para obtener inteligencia criminal», la Fiscalía considera que la legislación ampara a que usara esta «técnica» y ocultara su identidad. Por eso pide al juzgado que inadmita la querella contra el agente por tortura, lesiones psíquicas y revelación de secretos.

    La querella contra la policía infiltrada, que usaba el nombre falso de Maria Perelló, se interpuso a finales de 2023 y la presentaron conjuntamente Campos (con quien la agente mantuvo una relación durante tres años), la CUP y cuatro entidades: Òmnium Cultural, el Ateneu Popular de Girona, la Asociación No al Racismo de Girona y Salt, y la Federación de Entidades Socioculturales de Salt.

    La denuncia se interpuso por los delitos de tortura y contra la integridad moral, lesiones psíquicas y descubrimiento y revelación de secretos, y el escrito subrayaba que la policía se había extralimitado en sus funciones. Concretamente, señalaba que había «cosificado» al activista con quien llegó a mantener una relación sentimental para obtener información y acceder «de manera indebida» a datos de entidades y organizaciones de la izquierda independentista.

    Además, la querella también subrayaba que la policía asistió y observó «de manera indebida» dos reuniones particulares que Campos mantuvo con sus abogados, Montserrat Vinyets y BenetSalellas. Durante estos encuentros, se preparó la estrategia de defensa del activista en el caso conocido popularmente como 21 Raons, a raíz de las movilizaciones del primer aniversario del 1-O.

    La querella contra la agente de la Policía Nacional se instruye desde el juzgado de instrucción número 3 de Girona. Ahora se ha dado a conocer el informe de la fiscal, que lo analiza y pide al juzgado que lo inadmita porque cree que los hechos que recoge «no son constitutivos de infracción penal».

    La posición de Fiscalía

    En el escrito, en relación con el delito de torturas, el ministerio público no entra demasiado a fondo y se limita a decir que «queda claro como ninguno de los hechos recogidos en la querella se enmarcarían dentro de los preceptos» que permitirían concluir una conducta delictiva. La fiscal sí que se extiende más a la hora de valorar los delitos contra la intimidad por descubrimiento y revelación de secretos, y concluye que «en ningún momento» la agente de la Policía Nacional utilizó «medios ilícitos» para iniciar la relación sentimental con Campos, «que se prolongó en el tiempo con el consentimiento de las dos partes».

    Además, la Fiscalía también subraya que, precisamente, como pareja del activista, la policía «consiguió el acercamiento que se le había encomendado para cumplir su misión de obtener información». Y añade, en referencia a las reuniones con los abogados, que «su participación» en los encuentros «se produjo en este contexto de pareja y con el consentimiento» de Campos.

    Sobre el acceso que la policía tuvo a información de entidades que formaban parte de la izquierda independentista, la fiscal destaca que «esta era precisamente la función que se había encomendado» a la agente, «con el objetivo de impedir el desarrollo de acciones de carácter radical y violento en el marco de la estrategia global secesionista».

    En relación con el delito de lesiones psíquicas, el escrito concluye que no se acredita «la relación de causalidad» entre la situación personal que vivió Campos tras saber que su pareja era una policía infiltrada y el hecho de que ella se lo ocultara. «Podría ser que la mera ruptura de la relación le hubiera llevado a esta misma situación, sin que ello supusiera ninguna conducta delictiva», sostiene la Fiscalía.

    «Habilitada legalmente»

    En último lugar, la fiscal admite que no existe una «regulación expresa» en torno a la figura «de agente infiltrado para obtener inteligencia criminal», pero sí que cree que se puede enmarcar dentro de los supuestos que la ley establece en relación con los agentes encubiertos, y que les permite «ocultar su condición o simular otra identidad».

    Por ello, cree que el informe de la Comisaría General de la Policía Nacional que facultaba a la agente de policía para «captar información de interés por el orden y la seguridad pública» -y que data del 10 de agosto de 2022- «justifica la habilitación legal» para que ella usara la «técnica» de ocultar su identidad. «Y, por tanto, excluye que se le pueda exigir responsabilidad penal», subraya la Fiscalía, a la hora de pedir al juzgado que inadmita la querella.

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