El Supremo confirma la sanción de 4.700 euros de la JEC contra la ministra Rodríguez

La entonces portavoz del Gobierno incumplió el deber de mantener la neutralidad en período electoral

Bluesky
Isabel Rodríquez (ACN)

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso planteado por la ministra Isabel Rodríguez contra varias multas que le impuso la Junta Electoral Central (JEC) por incumplir con el deber neutralidad en período electoral.

Según ha recordado el Supremo en un comunicado, las infracciones se produjeron en las ruedas de prensa posteriores al Consejo de Ministros, en abril y mayo de 2023, cuando Rodríguez era la portavoz y estaban convocadas elecciones municipales y autonómicas.

Según el alto tribunal, la actuación de la Junta Electoral se ajusta a derecho en ambas sanciones, una de 2.500 euros y otra de 2.200 euros. Además, recuerda que se oficializaron después de advertirla varias veces de que debía guardar el principio de neutralidad en período electoral.

«Desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes en las elecciones», ha recordado el Supremo.

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