El Tribunal Constitucional (TC) ha vuelto a desestimar la recusación de su presidente, Cándido Conde-Pumpido, en el debate sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía planteada por las comunidades del PP, como ya hizo el pasado 8 de octubre con la recusación planteada por los grupos parlamentarios de los populares en el Senado y en el Congreso. Lo habían pedido la Comunidad de Madrid, la Xunta de Galicia, el Consejo de Gobierno de Andalucía, el Consejo de la Generalitat Valenciana, la Junta de Castilla y León, el Gobierno de Cantabria, la Junta de Extremadura y el Gobierno de las Islas Baleares.
Las comunidades del PP argumentaban que Conde-Pumpido se tenía que apartar de las deliberaciones sobre la ley de amnistía del mismo modo que se apartó voluntariamente del debate de los recursos de amparo de los condenados por el 1-O contra la sentencia del TribunalSupremo en 2021, con motivo de unas manifestaciones en una conferencia de 2017 en contra del proceso independentista. Los magistrados, sin embargo, sostienen que aquellas declaraciones y las causas en las que se abstuvo «no coinciden» con la cuestión actual, porque la ley de amnistía «no existía en el momento» en el que decidió apartarse ni tienen nada que ver «con el problema constitucional suscitado ahora».
«El objeto de la impugnación es resolver sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía, que se impugna de forma global y particularizada», afirman, y, por lo tanto, sobre una norma penal «que no existía en el momento de suscitarse la abstención». Además, según el TC, «las manifestaciones controvertidas que hizo entonces no se referían al problema constitucional suscitado en este procedimiento».















