La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido no admitir a trámite dos querellas presentadas contra la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, porque considera que no reveló datos reservados sobre Alberto González Amador, la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en unas declaraciones públicas que hizo el pasado 12 de marzo. Las denuncias las habían presentado la Asociación Liberum y la Fundación Foro Libertad y Alternativa por los supuestos delitos de revelación de secretos e infidelidad en la custodia de documentos.
Las querellas denunciaban unas manifestaciones en las que Montero pedía explicaciones de Ayuso sobre si, «como se ha publicado en medios de comunicación, está viviendo en un piso que se pagó con fraude a la Hacienda Pública y que se pagó con las comisiones respecto a las mascarillas en la peor situación de pandemia que tuvo este país». Los denunciantes consideraban que estas declaraciones implicaban que la ministra había accedido sin autorización y se apoderó de datos personales y reservados sobre la pareja de Ayuso que estaban en ficheros o registros públicos, o bien que alguien que accedió sin autorización le facilitó. También la acusaba de haber utilizado los datos públicamente con fines políticos y con conocimiento de su origen ilícito, y que el acceso a datos se produjo aprovechando su cargo de ministra de Hacienda.
El Supremo argumenta que la noticia sobre la pareja de Ayuso y su actuación ante la Agencia Tributaria ya saltó a la prensa desde primera hora de la mañana de aquel día, donde se informaba de que la Fiscalía había denunciado a la pareja de Ayuso por un presunto fraude fiscal de 350.951 euros entre 2020 y 2021 con una trama de facturas falsas y sociedades pantalla. «Todo ello pone de manifiesto que, cuando la querellada efectuó las manifestaciones, la denuncia de Fiscalía y su contenido, entre el que figuraba el informe de la Agencia Tributaria, ya había transcendido a terceros y se habían hecho públicos», apunta el alto tribunal.
Además, añade que de las declaraciones no se desprende ningún dato o información que tuviera por razón de su cargo. «Ningún dato personal y reservado reveló del señor González Amador. Se limitó a dar su opinión sobre lo que, a su juicio, tendría que hacer la presidenta de la Comunidad de Madrid ante las noticias difundidas en relación con su pareja», concluye el Supremo.