El Juzgado de lo Penal número 2 de Figueres ha amnistiado a la exalcaldesa de Figueres, Marta Felip, que estaba pendiente de juicio por desobediencia a raíz de la votación del 1-O. En cuanto la ley de amnistía entró en vigor, el abogado de la defensa, Carles Monguilod, presentó el escrito en el juzgado pidiendo la aplicación de la amnistía y la Fiscalía ha considerado que este era uno de los supuestos que prevé la normativa.
El auto del Juzgado de lo Penal 2 ha examinado los hechos por los que la Fiscalía acusaba a Marta Felip y ha concluido que «la conducta descrita tiene un encaje perfecto en la ley».
«Lo cierto es que la conducta descrita en el escrito de acusación del ministerio fiscal como realizada por parte de Marta Felip tiene un encaje perfecto en el supuesto de hecho que recoge la letra b) del citado precepto para definir el ámbito de aplicación de la ley orgánica», ha concretado el juzgado.
Este supuesto es el que considera que debe aplicarse la amnistía «a los actos cometidos con la intención de convocar, promover o procurar la celebración de las consultas que tuvieron lugar en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017 por quien no tenía competencias para hacerlo», difunde la ACN.
El juzgado ha resuelto, por tanto, declarar extinguida por amnistía la responsabilidad penal a la exalcaldesa de Figueres.