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La Audiencia de Barcelona deja fuera a Laporta y su junta del caso Negreira por la prescripción de los delitos

Joan Laporta

La Audiencia de Barcelona ha dejado fuera del caso Negreira al actual presidente del FC Barcelona, ​​Joan Laporta, y a todos los miembros de su directiva o cargos del club durante sus primeros mandatos, de 2003 a 2010.

Los magistrados han considerado prescritos los delitos presuntamente cometidos al pagar importantes cantidades de dinero al ex-número dos de los árbitros españoles, José María Enríguez Negreira. Laporta y otros exdirectivos del Barça, al igual que el propio club, eran investigados por corrupción deportiva, administración desleal y falsedad en documento mercantil. Al club, además, se le investigaba por delito contable.

El pasado septiembre, el magistrado del Juzgado de Instrucción número 1 de Barcelona, ​​Joaquín Aguirre, dictaminó que Laporta y otros exdirectivos pasaran a ser investigados por estos pagos sospechosos a Negreira y su hijo. Consideraba que podrían constituir un delito continuado de cohecho, porque se habían producido desde antes del primer mandato de Laporta hasta 2018. Como ese delito no prescribe hasta los 15 años, la investigación se amplió hasta 2009, de forma que abarcaba el primer mandato de Laporta.

Sin embargo, la Audiencia ha criticado que el magistrado instructor contemplara la continuidad de un delito cuando, en realidad, los autores fueron cambiando en el tiempo, ya que, tras Laporta, la junta directiva la presidieron Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu. Así, según recoge la ACN, ha considerado que cada uno de los tres presidentes del período investigado debe responder por los pagos que se realizaron bajo sus mandatos. Por eso, según sostiene el tribunal, cuando termina cada mandato es cuando debe empezar a contabilizarse el plazo de prescripción. Laporta fue presidente y directivo hasta el 30 de junio de 2010, en su primera etapa.

Los magistrados han concretado que no se puede contemplar el delito de cohecho para ninguno de los presidentes, ya que hace unos días ya se descartó al considerar que la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) y el Comité Técnico de Árbitros no son organismos públicos, y que Negreira no era funcionario. En el caso de la supuesta corrupción deportiva, se introdujo en el Código Penal sólo una semana antes de que Laporta dejara el cargo, por lo que la Audiencia dice que debe estudiarse la prescripción de los delitos de administración desleal y falsedad documental. En ambos casos la prescripción alcanza los cinco años. Dado que la investigación se inició en 2023, el caso ya habría prescrito para Laporta y los directivos que dejaron el club en 2010.

Por otra parte, el tribunal no ha admitido la petición de archivo planteada por Sandro Rosell, ya que el delito que se le atribuye a él prescribe a los 10 años. Él dejó de ser presidente en 2014 y, por tanto, no habría prescrito.

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