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Absuelven al exalcalde de Sabadell Manuel Bustos de omisión de persecución de delito

El exalcalde de Sabadell Manuel Bustos, llegando a los juzgados de Sabadell con uno de sus hijos (ACN)

La titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Sabadell ha absuelto al exalcalde de la ciudad Manuel Bustos; el exjefe de la Policía Municipal, Josep Miquel Duran; y el exjefe de Urbanismo, Manuel Somoza; en el caso de supuesto cohecho en beneficio del portavoz del PP en 2010, Jordi Soriano.

Se trata de la sentencia de la pieza 33 del caso Mercurio, en la que se investigaba una gestión para silenciar a un empresario en una reunión. En octubre se les juzgó por, presuntamente, haber intentado disuadir al empresario de llevar adelante una denuncia contra el líder popular de esa época. Ahora, la juez ha concluido que los tres acusados podrían haber investigado los hechos «con mayor entusiasmo», pero dice que no hay pruebas suficientes para condenarlos por omisión de persecución de delitos, difunde la ACN.

Los hechos se remontan al 3 de junio de 2010, cuando Bustos, Somoza y Duran se reunieron en el Ayuntamiento de Sabadell con un empresario que habría asegurado que podía verter tierra en una zona de la ciudad donde no tenía permiso para ello. Concretamente, el empresario se habría enfrentado a los responsables del espacio cuando le comunicaron que no podía hacerlo, asegurando que tenía contactos en el Ayuntamiento, que «tenía mano», y que se acabaría saliendo con la suya.

Los inspectores abrieron un expediente por aquellos vertidos sin licencia. Una vez le llegó la situación a Bustos, según el escrito de Fiscalía, el alcalde habría trasladado estos datos al jefe del área de Urbanismo del Ayuntamiento, Manuel Somoza, con quien habría acordado, según el fiscal, «silenciar los hechos» y no emprender ninguna actuación que permitiera investigar y perseguir el supuesto delito.

La juez, en cambio, no ha considerado probada la comisión de los hechos por parte de los acusados al «no haberse practicado prueba de cargo suficiente que desvirtúe la presunción de inocencia».

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