La presidenta de Stop Violències mantiene que no mintió en el informe sobre el aborto en Andorra

El abogado de la activista andorrana asegura que el delito contra el prestigio de las instituciones contradice el derecho internacional

La defensora andorrana dels drets de les dones i presidenta de l'associació Stop Violències, Vanessa Mendoza Cortés, atén els mitjans després del judici (ACN)

Más de un centenar de personas han llenado la sala de la Batllia de Andorra donde este lunes por la mañana se ha juzgado a la psicóloga social y presidenta de la asociación feminista Stop Violències, Vanessa Mendoza Cortés, como muestra de apoyo a la activista, para quien la Fiscalía pide una pena de 6.000 euros de multa, seis meses de inhabilitación y 6.000 euros de indemnización al Gobierno del Principado. Durante el juicio, el Ministerio Fiscal ha acusado a Cortés de «desacreditar y menospreciar al Gobierno de Andorra sabiendo que las afirmaciones no eran ciertas», en referencia al informe que Stop Violències presentó en el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por las siglas en inglés) en 2019, mientras que la defensa ha destacado que el derecho al prestigio de las instituciones «no existe» y que el presunto delito del Código Penal por el cual se la juzga «es contrario al derecho internacional».

En respuesta a las preguntas de la Fiscalía, la presidenta de Stop Violències ha afirmado que ella no tiene que «demostrar nada»y que el ejecutivo andorrano conocía todo el contenido del informe antes de que se presentara a la CEDAW: «Ya lo habíamos dicho en casa, no teníamos nada a esconder». De hecho, Cortés ha explicado que Stop Violències asistió a la sesión de las Naciones Unidas «con la voluntad de dialogar» y «hacer una mediación» con el Gobierno de Andorra, y que no buscaba «desprestigiar» a las instituciones.

«Sentíamos la ONU como un lugar seguro, no sentía que estaba traicionando al gobierno», ha asegurado la defensora andorrana de los derechos de las mujeres, que ha insistido en que el informe presentado en la CEDAW «no miente ni falta a la verdad» y que «no pensábamos que el gobierno se sentiría ofendido». En este sentido, el abogado de Cortés ha destacado el «derecho a hablar libremente en la ONU» y ha señalado que «la Fiscalía tiene la obligación de demostrar que (la activista) ha faltado a la verdad y no lo ha hecho».

Uno de los testigos de la defensa, el doctor EricSilvestre, ha ratificado la versión de la presidenta de Stop Violències y ha afirmado que «no mintió en el informe de la CEDAW», sino que «solo lo ha dicho de manera fuerte». De hecho, el médico ha declarado que fue conocedor del caso de una menor que, como no podía abortar, «no encontró ninguna otra solución que dar el bebé en adopción».

Delito «contrario al derecho internacional»

La Fiscalía ha insistido en que la defensora andorrana de los derechos de las mujeres hizo «un desprecio temerario a la verdad» y que «ha perjudicado la imagen del gobierno y de las instituciones andorranas«. A parecer del ministerio público, Cortés tendría que ser condenada por un delito menor continuado de desprestigio a las instituciones (artículo 325 del Código Penal) porque «no ha demostrado» la veracidad de sus manifestaciones y porque, según la Fiscalía, ha «atentado contra el derecho de los funcionarios a ser respetados en el ejercicio de sus funciones». Lo cierto, sin embargo, es que Cortés no ha dado ningún nombre ni señalado ningún trabajador de la administración andorrana a pesar de la insistencia de la Fiscalía.

A su vez, el abogado de la presidenta de Stop Violències, MiquelBellera, ha destacado que el artículo 325 no hace ninguna referencia a los funcionarios, y que, además, «el derecho al prestigio no existe». «El prestigio del Estado tiene que ser demostrado por parte del Estado y no loha hecho. ¿Cuál es este prestigio?«, se ha preguntado Bellera, que ha argumentado que el artículo por el cual se ha juzgado a Cortés «no se aviene» porque «no hay falsedad ni menosprecio», «no se ha acreditado ninguna mentira» de la defensora y, además, «los testigos han demostrado que dice la verdad».

«El artículo 325 penaliza la eventual afectación al prestigio del Estado. Esto es grave y es contrario a los cánones de derechointernacionales«, ha defendido el abogado de la defensora andorrana, que ha añadido que este delito «no tiene cabida en un sistema democrático y no se ajusta a las circunstancias». «La libertad de expresión tiene que ser respetada en situaciones chocantes, no solo en las fáciles», ha manifestado el abogado, que ha considerado «un error imputar este delito» a Cortés.

En sus conclusiones, Bellera ha recordado que el derecho al honor, la intimidad y la integridad corresponde a las personas,no al gobierno ni al Estado andorrano, y ha lamentado que la Fiscalía «monitorice los intereses del gobierno por encima de la libertad de expresión de los ciudadanos y activistas».

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