Multan a la UOC por usar el reconocimiento facial de los alumnos en los exámenes

Protección de datos dice que el sistema no está permitido y la universidad lo ve proporcional

Edificio de la UOC
Edificio de la UOC

La Autoritat Catalana de Protecció de Dades (APDCat) ha sancionado con 20.000 euros a la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) por la implantación del sistema de reconocimiento facial para hacer los exámenes finales.

Según la resolución de la sanción publicada en la web de la APDCat, el tratamiento de los datos biométricos de los estudiantes no está incluido en ninguna de las excepciones que el reglamento de protección de datos prevé en el tratamiento de categorías especiales de datos.

El sistema lo habrían utilizado más de 31.000 universitarios en los exámenes del primer semestre del pasado curso, en enero de 2022. La universidad alega que el sistema es proporcional y adecuado para verificar la identidad de los alumnos.

El 4 de noviembre de 2021 una persona denunció a la APDCat el sistema de reconocimiento facial para los exámenes. El sistema, obligatorio para poder realizar los exámenes, requiere que el estudiante capture una imagen de su cara para que la herramienta pueda compararla con la foto de su DNI. La foto también servía para compararla con las imágenes que se capturan mientras el estudiante está realizando el examen. Posteriormente, y hasta mayo del 2022, otras cuatro personas interpusieron denuncias similares.

A raíz de un requerimiento de la APDCat, la UOC respondió que la comparación de imágenes se hacía para prevenir y detectar el posible fraude académico y poder ejecutar correctamente el contrato entre la universidad y los estudiantes. Además, recordaba que cuando los estudiantes se matriculan en la UOC ya saben que el examen será virtual y que el sistema de verificación puede ser éste.

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